Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1946/22
Chacabuco, 13/12/2022
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.
Visto
La sanción de la Ordenanza Nº 9.522/22 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9.522/22 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se convalida el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y la Asociación de Lucha contra la Parálisis Infantil (A.L.P.I.), a través del cual la institución cede para su uso a la Municipalidad, un espacio ubicado en la parte trasera de su edificio de la calle Remedios Escalada de San Martín N° 209, para el funcionamiento de la oficina municipal de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Cultura, Educación, Deporte y Juventud, desde la fecha de suscripción del convenio, hasta el 31 de diciembre de 2.023, pudiendo las partes prorrogarlo de común acuerdo.
ARTÍCULO 2°: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.
ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.