Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1908/22
Chacabuco, 05/12/2022
OTORGANDO UN SUBSIDIO A LA “SOCIEDAD DE FOMENTO BERNARDINO RIVADAVIA”.
Visto
La solicitud presentada por la Comisión de la sociedad de Fomento Bernardino Rivadavia de nuestra ciudad, en el sentido de obtener una ayuda en especie (materiales de construcción) no reintegrable para solventar gastos de ampliación de la Sala de Salud Barrial.
Considerando
Viable lo peticionado de acuerdo a lo expresado por la dirección de Relaciones Institucionales.
Que la Sala de Salud se encuentra en el predio de la Sociedad de Fomento.
Que se construirán dos consultorios, un baño y la ampliación de la sala de espera.
Que, es de vital importancia para nuestra comunidad, controles de prevención en la atención primaria, mejorando la calidad de vida.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Otorgar a la Comisión de la Sociedad de Fomento Bernardino Rivadavia de nuestra ciudad, un subsidio en especie por un valor de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE ($ 1.707.597,00), que será destinado a solventar gastos de ampliación de la Sala de Salud Barrial.
ARTÍCULO 2º: Instrúyase a la oficina de Compras para la adquisición de los materiales solicitados.
ARTÍCULO 3º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la partida del RAFAM correspondiente.
ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.