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Decreto Nº1841/22

Decreto Nº 1841/22

Chacabuco, 24/11/2022

OTORGANDO UN SUBSIDIO A LA “SOCIEDAD DE FOMENTO 9 DE JULIO”.

Visto

La solicitud presentada por la Sociedad de Fomento "9 de Julio”, en el sentido de obtener una ayuda financiera no reintegrable para solventar el gasto de organización de cena de fin de año.

Considerando

Lo manifestado por la Dirección de Relaciones Institucionales.

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Otorgar a la Sociedad de Fomento "9 de Julio” de esta ciudad, un  subsidio por la SUMA DE PESOS VEINTE MIL ($20.000), que será destinado a solventar el gasto de organización de cena de fin de año. 

 

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo  anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la Partida del RAFAM correspondiente. 

 

ARTÍCULO 3º: La beneficiaria deberá rendir cuenta en forma y plazo legal del destino de los fondos recibidos.

 

ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna. 

 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.