Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1690/22
Chacabuco, 27/10/2022
DEJANDO SIN EFECTO DECRETO Nº 1.428/22.
Visto
Las presentes actuaciones (expediente N° 4029-3.000/22), mediante el cual por licitación privada N° 10 se tramitó la adquisición de 65 contenedores de residuos.
Considerando
Que, la Cláusula 11 del Pliego de bases y condiciones, estableció el plazo de 30 días para el mantenimiento de la oferta realizada, el cual operó el día 01/09/2.022.
Que, con fecha 22/08/22 el expediente de referencia ingresó al Honorable Concejo Deliberante para su autorización conforme lo establece en el artículo 55° de la LOM; la cual fue concedida mediante Ordenanza N° 9.373/22 de fecha 14/09/22 oportunidad en que ya se encontraba vencido el plazo de mantenimiento de oferta (01/09/22).
Que a fs. 36 la empresa informa a la Municipalidad de Chacabuco la imposibilidad de dar cumplimiento a la propuesta realizada argumentando el vencimiento del plazo de mantenimiento de oferta (Cláusula 11), como así también la variación de precios y las consecuencias que ello acarrea con la logística y provisión de insumos.
Que, ante la situación planteada, la demora producida en la sanción de la ordenanza 9.373/22 del día 14/09/22, oportunidad en el que el plazo de mantenimiento de oferta ya se encontraba vencido se entiende no siendo adjudicable a Noroeste Plástica SRL la demora producida; corresponde proceder a la devolución de la garantía de oferta oportunamente puesta a disposición y dejar sin efecto el Decreto N° 1.428/22.
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Déjese sin efecto el Decreto Municipal Nº 1.428/22.
ARTÍCULO 2°: Procédase por Contaduría Municipal a devolver la Garantía de Oferta a la firma adjudicada Noroeste Plástica S.R.L.
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno Interina de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.