Boletines/Bolivar
Decreto Nº 773
Bolivar, 29/03/2023
Visto
El Expediente N° 4013-146/13 por el cual la firma Cargill S.A.C.I solicita la habilitación municipal provisoria sobre el inmueble sito en la localidad de Juan Francisco Ibarra del Partido de Bolívar en el rubro “Planta de Acopio de Granos y Venta de Fertilizantes”, y;
Considerando
Que a fs. 386 vta. la Dirección de Planeamiento informa que el rubro “Planta de Acopio y Venta de Fertilizantes” cumple con la ordenanza N° 2616/19;
Que a fs. 387 el requirente constituye domicilio especial;
Que a fs. 388 se ha adjuntado copia de DNI del requirente;
Que a fs. 394/406 obran últimas actas de designación de autoridades;
Que a fs. 408/416 se ha adjuntado la constancia de inscripción en AFIP y en Ingresos Brutos;
Que a fs. 417/421 obra Estudio de Carga de Fuego;
Que a fs. 422/428 obra Informe Ambiental de Cumplimiento Art. 10- D.R 96/2007;
Que a fs. 429/434 obra Adenda Auditoria Ambiental de Renovación;
Que a fs. 436/523 obra copia de Constitución de Sociedad Anónima y sus modificatorias;
Que a fs. 524/554 obra copia de Memoria y Estados Contables de la Sociedad requirente;
Que a fs. 555/574 obra copia de Poder General de Administración;
Que a fs. 575 obra Certificado de Vigencia;
Que a fs. 576/589 obra copia de Oferta de Locación;
Que a fs. 590/599 obra informe de la Oficina de Inspección, donde se constatan que el inmueble se encuentra apto para su funcionamiento comercial;
Que a fs. 601/701 obran modificaciones a Estatuto;
Que a fs. 702/704 obra constancia de libre deuda municipal;
Que a fs. 705 obra certificado de Libre deuda emitido por el Juzgado de Faltas;
Que a fs. 706 obra libre deuda emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos;
Que a fs. 289/292 obra copia de Plano de obra del inmueble;
Que habiendo tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica, dictamina que siendo requisito sine qua non para obtener la Habilitación Municipal en forma definitiva que la Sociedad requirente obtenga la Categorización Industrial y el Certificado de Aptitud Ambiental emitido por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, hasta tanto se obtenga el respectivo certificado, se podrá otorgar la habilitación comercial provisoria del inmueble sito en la localidad de Juan Francisco Ibarra de este Partido de Bolívar, en el rubro comercial “Planta de Acopio de Granos y Venta de Fertilizantes” por el término de 90 días;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Otorgase la habilitación provisoria a la firma CARGILL S.A.C.I, para el desarrollo del rubro comercial: “Planta de Acopio de Granos y venta de Fertilizantes”, en el inmueble ubicado en la localidad de Juan Francisco Ibarra del Partido de Bolívar, por el plazo de noventa (90) días.
Artículo 2°: El otorgamiento de la habilitación definitiva, se encuentra condicionada a la obtención -ante el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible- de la Categorización Industrial y del Certificado de Aptitud Ambiental.
Artículo 3°: El incumplimiento del plazo otorgado producirá la caducidad de los derechos concedidos a la requirente, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación y/o intimación alguna.
Artículo 4°: Notifíquese con copia del presente Decreto a la firma Cargill S.A.C.I, conforme lo establecido en la Ordenanza General N° 267/80 de Procedimiento Administrativo Municipal.
Artículo 5°: El presente Decreto será Refrendado por el Secretario de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado.
Artículo 6°: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.