Boletines/Campana
Resolución Nº 12/23
Campana, 19/04/2023
Visto
El Decreto - Ley N° 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades), la Ordenanza N° 6668, el Decreto N° 2/2023 Estructura Orgánico Funcional de Ejecutivo y su Anexo VII, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Expediente Municipal EX-2023-00014643- - MUNICAM-DGD#SMOD; y
Considerando
Que a orden 2 obra Oficio emitido por el Juzgado de Familia Nº 8 del Departamento Judicial de La Plata, a cargo del Dr. Mauro Javier Cerdá, Secretaría única a mi cargo, con sitio en la calle 56 nro 704 de esta ciudad; en los autos caratulados "SILVA PADIN GRACIELA ESTELA C/PAJER ALEJANDRO ADALBERTO S/ALIMENTOS" (Expte. Nro LP88412-2022), donde se ordena retener en concepto de cuota alimentaria el QUINCE por ciento (15%) de la totalidad de los ingresos que perciba el Sr. PAJER ALEJANDRO ADALBERTO (D.N.I.: 16.094.237), previos los descuentos de ley, con más asignaciones familiares y escolaridad en caso de corresponder; sumas que deberán ser depositadas en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales CBU: 014011472720500604060 – Cuenta N° 2050-027- 0086040/6.
Que la Dirección General de Asuntos Judiciales solicita a foja 4 cumplimentar con la manda judicial.
Que se ha cumplido con la revisión de la situación de revista del Sr. Alejandro Adalberto Pajer por parte de la Dirección General de Recursos Humanos, verificando que a la fecha es empleado activo del municipio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por la Ordenanza N° 6668 y la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LA MUNICIPALIDAD DE CAMPANA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.-Reténgase, por intermedio de la Dirección de Liquidaciones y Compensaciones, al trabajador el Sr. PAJER ALEJANDRO ADALBERTO (D.N.I.:16.094.237) , legajo personal N° 5669, quien revista en la Planta Permanente de Personal; en concepto de cuota alimentaria el QUINCE por ciento (15%) de la totalidad de los ingresos que perciba, previos descuentos de ley, con más asignaciones familiares y escolaridad en caso de corresponder; en función de lo requerido por el Juzgado de Familia Nº 8 del Departamento Judicial de La Plata, a cargo del Dr. Mauro Javier Cerdá , Secretaría única a mi cargo, con sitio en la calle 56 nro 704 de esta ciudad; en los autos caratulados "SILVA PADIN GRACIELA ESTELA C/PAJER ALEJANDRO ADALBERTO S/ALIMENTOS" (Expte. Nro LP88412- 2022).
ARTÍCULO 2º.- Deposítese mensualmente por medio de la Tesorería Municipal, una vez cumplido con lo que antecede, dentro del plazo del 1 al 10 de cada mes, las sumas retenidas en virtud de lo establecido en el artículo 1°, en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales CBU: 014011472720500604060 – Cuenta N° 2050-027-0086040/6.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese por la Dirección General de Asuntos Judiciales, de lo dispuesto en esta Resolución al Juzgado de Familia Nº 8 del Departamento Judicial de La Plata, a cargo del Dr. Mauro Javier Cerdá , Secretaría única a mi cargo, con sitio en la calle 56 nro 704 de esta ciudad; en los autos caratulados "SILVA PADIN GRACIELA ESTELA C/PAJER ALEJANDRO ADALBERTO S/ALIMENTOS" (Expte. Nro LP- 88412-2022).
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a la Tesorería Municipal lo dispuesto en esta Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese; notifíquese; comuníquese y archívese.