Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 336/2023
Adolfo Gonzales Chaves, 30/03/2023
Visto
El Expediente 4055-131-2022, Cuerpos I, II, III, IV y V, mediante el cual se autorizó el llamado a Licitación Pública Nº 3/2022 para la obra denominada construcción “Desagües Cloacales en De La Garma, Etapa II”; y
Considerando
Que, por Decreto Nº 675/2022, se aprobó y adjudico a la Firma CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A., la Licitación Pública Nº 3/2022, para la obra de la referencia, según lo surgido del Acta de Apertura de Ofertas, en un monto de Pesos Doscientos Treinta y Dos Millones Doscientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Dos con 19/100 ($ 232.276.682,19);
Que, se agrega al citado Expediente, el Contrato de Locación de Obra, celebrado entre la Municipalidad de Adolfo Gonzales Chaves y la Empresa CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A., para la ejecución de la obra de la referencia, por un monto de Pesos Doscientos Treinta y Dos Millones Doscientos Sesenta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Dos con 19/100 ($ 232.266.682,19);
Que se detecta un error en el monto descripto en el Acta de Apretura de Ofertas y el Contrato de Locación de Obra,
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A:
ARTICULO 1°.-Rectifíquese el monto establecido en el Artículo 2º del Decreto Nº 675/2022, para la adjudicación a la firma CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A., de la Licitación Pública Nº 3/2022, referida a la obra denominada “Desagües Cloacales en De La Garma, Etapa II”, el cual es de Pesos Doscientos Treinta y Dos Millones Doscientos Sesenta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Dos con 19/100 ($ 232.266.682,19).-
ARTICULO 2º.- El Presupuesto Oficial establecido en el Convenio Específico suscripto con el Ente Nacional de Obras Hidráulicas de Saneamiento (ENOHSA) en el marco del Plan “Argentina Hace” para la ejecución de la Obra de la referencia, es de Pesos Doscientos Dos Millones Doscientos Cincuenta y Nueve Mil Seiscientos Treinta y Seis con 06/100 ($ 202.259.636,06), por lo que surge una diferencia de Pesos Treinta Millones Diez Mil Cuarenta y Seis con 13 / 100 ($ 30.010.046,13), entre el monto comprometido y la oferta presentada.-
ARTICULO 3º.- La diferencia presupuestaria expuesta en el artículo 2º, queda supeditada a que el Ente Nacional de Obras Hidráulicas de Saneamiento (ENOHSA) apruebe una Addenda de readecuación técnica, para que la obra a ejecutar tenga un presupuesto mayor al monto comprometido en el Convenio Específico.-
ARTICULO 4°.-Tomen razón Contaduría, Jefe de Contrataciones, Asesoría Letrada y Secretaria de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 5°.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-