Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21256

Ordenanza Nº 21256

Bahia Blanca, 27/04/2023

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 11 por el cual se dan por reconocidos los servicios prestados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca a la agente Rocío Maribel Fernández, D.N.I. 28.342.290, legajo N° 15.066, dependiente del Jardín Maternal Te Veo Bien, correspondientes a cuatro (4) años, tres (3) meses y veintiséis (26) días; y

 

CONSIDERANDO

 

Que a través de la Resolución N° 155/2023, obrante a fojas 5 y 5 vlta., se dieron por reconocidos los servicios mencionados.

 

Que a fojas 7 y 8 el Departamento Administración del Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la antedicha agente, conforme lo dispuesto en el artículo 5° de la resolución en cuestión.

 

Que a fojas 9 la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, dejan constancia de la imputación del presente gasto.

 

Que conforme surge, tanto del artículo 4° de la resolución como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (período comprendido entre el 3 de febrero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.


Por lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal, a abonar las diferencias salariales a favor de la agente Rocío Maribel Fernández, D.N.I. N° 28.342.290, C.U.I.L. N° 27-28342290-4, legajo N° 15.066, dependiente del Jardín Maternal Te Veo Bien (oficina 539), que surgen del reconocimiento de los servicios que prestó como becaria en la Municipalidad de Bahía Blanca, dispuesto por la resolución 155/2023, obrante a fojas 5 y 5 vlta., del expediente 0/00-964-2023, y conforme al cálculo efectuado por la mencionada repartición que corre agregado a fojas 8 y 9 del antedicho expediente.

 

Artículo 2° - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gastos 1.1.3.1, 1.1.4.0, 1.1.6.1 y 1.1.6.2.de los ejercicios 2021 y 2022.

 

Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.