Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº173

Resolución Nº 173

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 05/05/2023

 Visto las presentes actuaciones, referente a la adscripción del agente Cepedano, Rodrigo Manuel, Legajo Nº 14.799, desde el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas, Adolescente y Familia (oficina Nº 583) al Departamento Habilitaciones (oficina Nº 227); y,

CONSIDERANDO

Que la mencionada adscripción cuenta con el visto bueno de ambas oficinas, conforme a lo indicado a fs. 1 y fs. 9;

Que la Subdirección de Capital Humano en su informe de fs. 14 indicó, en virtud de lo establecido en el Art. 20º del Convenio Colectivo de Trabajo: “Un agente reviste como adscripto cuando es destinado a ejercer sus funciones en un área Municipal distinta a la que le es propia y en forma transitoria a requerimiento del área solicitante y para cumplir funciones propias de la competencia específica de esta. La situación de Adscripto de un trabajador Municipal, no podrá exceder el termino máximo de 1 año (un año), y solo en casos excepcionales y previa fundamentación podrá prorrogarse por 6 meses más. Superados dichos lapsos debe ser absorbido por ente requirente o, en caso contrario retornar a su lugar de origen. Los plazos señalados comenzarán a computarse a partir de la fecha de sanción de la Ordenanza que apruebe el presente, careciendo lo dispuesto de retroactividad alguna”;

Que la adscripción del mencionado agente cuenta con el aval de la Junta de Ascensos y Calificaciones, según consta a fs. 13. Por lo expuesto y a efectos de dictar el acto administrativo correspondiente; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 

- R E S U E L V E -

 

PRIMERO: Adscribir al agente Rodrigo Manuel Cepedano, Legajo Nº 14.799, al Departamento Habilitaciones (oficina Nº 227) quien reviste en categoría 04/2B, dependiente del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas, Adolescente y Familia (Oficina N° 583), manteniendo su categoría efectiva, a partir del día de su notificación y por el término de seis (6) meses.-
SEGUNDO:
Dejar sin efecto la ampliación de la jornada horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales del agente Rodrigo Manuel Cepedano, Legajo Nº 14.799, categoria efectiva 04/2B, dependiente del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas, Adolescente y Familia (Oficina N° 583), a partir del día de su notificación.-
TERCERO: Ampliar a cuarenta (40) horas semanales la jornada horaria del agente Rodrigo Manuel Cepedano, legajo 14.799, categoria efectiva 04/2B, dependiente del Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas, Adolescente y Familia (Oficina N° 583), a partir del día de su notificación y hasta el 31 de diciembre de 2023.-
CUARTO: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Actividad 01.01.00, Gasto 1.1.1.4.-
QUINTOCúmplase, notifíquese, tome nota Departamento Administración del Personal,  Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, Departamento Habilitaciones; dése al RO y ARCHIVESE.