Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21224

Ordenanza Nº 21224

Bahia Blanca, 27/04/2023

VISTO

 

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 11, solicitando se autorice el pago a la agente Florencia ESPÓSITO, legajo nº 15.210 correspondiente al reconocimiento de los servicios prestados al Municipio de Bahía Blanca como becaria en el período comprendido entre el 25/11/2010 al 1/12/2013, teniendo en cuenta que a través del artículo cuarto de la Resolución nº 59/2023 que obra a fojas 5, se dió lugar a lo solicitado por la mencionada agente.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que el Departamento Administración del Personal a fojas 7 informó el detalle de la liquidación pertinente, correspondiendo la erogación de cincuenta y seis mil quinientos ochenta y tres pesos con cuarenta y seis centavos ($ 56.583,46) del cual deberá liquidarse a favor de la agente la suma de treinta y cinco mil ochocientos setenta y seis pesos con treinta y dos centavos ($ 35.876,32).

 

Que a fojas 10 el Departamento Contaduría General informó que el reconocimiento del mencionado servicio implica un gasto que no se encuentra contmplado en los ejercicios económicos 2021 y 2022, por lo cual no se encuentra incluido en la deuda flotante y su imputación correspondería en su gasto de origen a la partida 1131, 1140, 1161, 1162, Cat. Programática 01.01.00, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110106000.


Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

Artículo – Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal a abonar a la agente Florencia ESPÓSITO, legajo nº 15.210, las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años, anteriores al día 31 de enero de 2023, dispuestas en el artículo cuarto de la Resolución nº 59/2023, que surgen del reconocimiento de servicios que prestó la mencionada agente, conforme al cálculo efectuado y que consta a fojas 7, 8 y 9 de las presentes actuaciones.

 

Artículo 2º – El gasto que demande lo dispuesto en el artículo primero, correspondería, en su año de origen a la partida 1.1.3.1, 1.1.4.0, 1.1.6.1, 1.1.6.2 Categoría Programática 01.01.00, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110106000.

 

Artículo 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.