Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21245

Ordenanza Nº 21245

Bahia Blanca, 27/04/2023

VISTO

El proyecto de ordenanza obrante a fojas 17, solicitando se autorice el pago al agente Carlos Osvaldo Angulo, legajo nº 15.809, correspondiente al reconocimiento de los servicios prestados al municipio de Bahía Blanca como becario en el período comprendido entre el año 01/02/2011 al 30/11/2013 y entre el 1/12/2013 al 12/05/2015; teniendo en cuenta que a través del artículo cuarto de la Resolución nº 404/2022 que obra a fojas 11, se dió lugar a lo solicitado por el mencionado agente

 

Y CONSIDERANDO:

Que el Departamento Administración del Personal a fojas 13 informó el detalle de la liquidación pertinente, correspondiendo la erogación de noventa y ocho mil seiscientos noventa y un pesos con veintiún centavos ($98.691,21) del cual deberá liquidarse a favor del agente la suma de sesenta y seis mil ciento diecisiete pesos con setenta y siete centavos ($66.117,77).

 

Que a fojas 16 el Departamento Contaduría General, informó que el reconocimiento del mencionado servicio implica un gasto que no se encuentra contemplado en los ejercicios económicos 2020,2021 y 2022, por lo cual no se encuentra incluido en la deuda flotante y su imputación correspondería en su gasto de origen a la partida 1131,1140,1161, 1162, Cat. Programática 01.01.00, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110106000.


Por lo expuesto, el H. Concejo Deliberante, en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración del Personal, a abonar al agente Carlos Osvaldo ANGULO, legajo nº 15.809, las diferencias salariales no prescriptas de dos (2) años, anteriores al día 16 de noviembre de 2022, dispuestas en el artículo cuarto de la Resolución nº 404/2022, que surgen del reconocimiento de servicios que prestó el mencionado agente como Becario en la Municipalidad de Bahía Blanca, conforme al cálculo efectuado y que consta a fojas 13, 14 y 15 de las presentes actuaciones.

 

Artículo 2º – El gasto que demande lo dispuesto en el artículo primero, correspondería, en su año de origen, a la partida 1.1.3.1, 1.1.4.0, 1.1.6.1, 1.1.6.2, Categoría Programática 01.01.00, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110106000.

 

Artículo 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.