Boletines/Tandil

Decreto Nº1810/2023

Decreto Nº 1810/2023

Tandil, 15/05/2023

Visto

La solicitud de ampliación de la designación como personal de Servicio – Mucama de la Sra. Laura Gabriela Barillaro Legajo 11.203, efectuada por las Coordinadoras de Mucamas/os del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en virtud de su buen desempeño.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Que fue designada con Disposición a partir del 1 de enero de 2023 y su última Disposición Nº 369-2023 finalizó el 26 de abril de 2023.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Desígnese a la Sra. Laura Gabriela Barillaro - Legajo 11.203, como personal de Servicio – Mucama, en la planta temporaria de personal del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, en carácter de mensualizada, categoría 1 – 48 horas semanales, a partir del 1º de mayo de 2023, ad referendum de los exámenes preocupacionales y por el término de seis meses.

Artículo 2°: Se deja establecido que la Sra. Laura Gabriela Barillaro - Legajo 11.203, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Coordinación de Mucamas/os.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública,Apertura Programática, 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Hospital Ramon Santamarina –Administración y Conducción, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones delCargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria,1.2.2.3 Liquidación Obra Social del presupuesto de gastos en vigencia.-

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Servicios Generales, Supervisión de Mucamas/os y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)               -           Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Presidencia del Sistema Integrado de Salud      -                        Intendencia