Boletines/Tandil

Decreto Nº1807/2023

Decreto Nº 1807/2023

Tandil, 15/05/2023

Visto

La solicitud de reconocimiento de antigüedad presentada por la agente de enfermería María Mercedes Retamozo - Legajo 10.794, por el tiempo desempeñado como enfermera en el Ejército Argentino y el Hospital Zonal, “Ramón Carrillo” de San Martín de los Andes.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Reconócese el concepto “antigüedad” a la agente María Mercedes Retamozo - Legajo 10.794, Personal de Enfermería Categoría 10- 48 horas semanales de la Planta Permanente en el Hospital “Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública, por los servicios prestados en el Ejército Argentino, en el período comprendido entre el 27 de febrero de 1991 y el 31 de diciembre de 1995, ambas fechas inclusive y en el Hospital Zonal “Dr. Ramón Carrillo” de la Localidad de San Martín de los Andes, provincia de Neuquén, en el período comprendido entre el 1° de noviembre de 1995 y el 14 de noviembre de 2003, ambas fechas inclusive; como base para incrementar su Antigüedad de doce (12) años, ocho (8) meses y diecinueve (19) días, a efectos del pago por la Bonificación por Antigüedad, como así también para el computo de antigüedad para el uso de Licencia Anual, a partir del 1° de enero de 2023.

Artículo 2°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 - Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 - Personal Permanente, 1.1.1.0 - Retribuciones del cargo, 1.1.3.1 - Por Antigüedad, 1.1.5.7 - Bonificación Especial, correspondiente al Presupuesto de gastos vigente.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)               -           Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Presidencia del Sistema Integrado de Salud      -                        Intendencia