Boletines/Tandil
Decreto Nº 1778/2023
Tandil, 11/05/2023
Visto
La solicitud de reconocimiento de antigüedad presentada por la agente del Sistema Integrado de Salud Pública, Dra. . Romina Isabel Escruela - Legajo 8.483, por el tiempo laborado como Residente en el Hospital Zonal Especializado “Noel Sbarra”.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Reconócese el concepto “antigüedad” a la Dra. Romina Isabel Escruela - Legajo 8.483, médica de guardia en el Hospital de Niños “Debilio Blanco Villegas” del Sistema Integrado de Salud Pública, actualmente en la categoría 12 - 36 horas semanales de la Planta Permanente, por haber laborado como Residente en el periodo comprendido entre el 1° de julio de 2006 al 31 de mayo de 2009, ambas fechas inclusive, y como Jefa de Residente en el periodo comprendido entre el 1° de junio de 2009 al 31 de mayo de 2010, en el Hospital Zonal Especializado “Noel Sbarra”, como base para el grado escalafonario, tres (3) años, y once (11) meses, de acuerdo al Artículo 8vo) Último párrafo del Decreto Nro. 1306/04 de la Carrera Profesional, a partir del 1° de enero de2023.
Artículo 2°: Recategorízase a la Dra. Romina Isabel Escruela - Legajo 8.483, en la categoría 13 – 36 horas semanales, de la planta permanente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 1° de enero de 2023.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las Partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 - Hospital de Niños “Debilio Blanco Villegas” – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3. Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.3 Bonificación Guardias Médicas, 1.1.5.7. Bonificación Especial, correspondiente al Presupuesto vigente.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia