Boletines/Tandil
Decreto Nº 1768/2023
Tandil, 11/05/2023
Visto
La solicitud de exención extemporánea del pago de la Tasa Retributiva de Servicios Públicos, Servicios Sanitarios, Para la Salud, Complementaria de Protección Ciudadana, Fondo de Inversión Vial y Fondo Especial de Obras Sanitarias.
Considerando
Que la Asociación Civil Taller Protegido Tandil se encuadrada en las exenciones “Beneficias” y que la misma ha presentado la solicitud de exención por el periodo fiscal 2022.
Que los inmuebles en cuestión son utilizados para actividades propias de la institución.
Que la entidad ha omitido la presentación de las declaraciones juradas en tiempo y forma.
Que la Agencia de Ingresos Municipales ha tomado la debida intervención de su competencia para que con la documentación presentada y cumplido los requisitos pertinentes se pueda avanzar con el beneficio fiscal solicitado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Exímese a la Asociación Civil Taller Protegido Tandil – CUIM 30-63065297, en un cien por ciento (100%) del pago de la Tasa Retributiva de Servicios, Tasa para la Salud, Fondo de inversión vial, Tasa Complementaria de Protección Ciudadana, Tasa por Servicios Sanitarios y Fondo Especial de Obras Sanitarias, en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente y la Ordenanza Nº 9584, según el anexo I adjunto.
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Ingresos Públicos, Contaduría General y pase a "Guarda Temporal".
Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Economía y Administración - Intendencia
ANEXO I
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