Boletines/Tandil

Decreto Nº1758/2023

Decreto Nº 1758/2023

Tandil, 11/05/2023

Visto

El expte EX– 2023-00048908-MUNITAN-DCS#SEA, donde se tramita la Licitación Pública 06-01-23.

Considerando

Que se ha realizado el proceso de llamado a concurso para su adquisición, invitando a cotizar a diferentes proveedores.

Que como consta en el Acta de Apertura con fecha 11-04-2023 se han presentado tres (3) oferentes.

Que al respecto se ha expedido al respecto la Secretaria de Economía y Administración, a través de sus áreas Contaduría General y la Dirección de Compras y Suministros, por lo que se procede a dictar el pertinente acto administrativo.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Adjudicase la Licitación Pública 06-01-23 “Servicio de Vigilancia en Dependencias Municipales”, a la empresa “El Custodio” Cooperativa de Trabajo Limitada en la suma de pesos cinco millones cuatrocientos cuarenta mil quinientos ( $ 5.440.500).-

Artículo 2º: La erogación a producirse será imputada a las partidas 3.9.3.0 “Servicio de vigilancia”, por la suma de ($ 2.187.000,00) dentro de la clasificación institucional 1- Sector Público Municipal no financiero 1.1- Administración Municipal 1.1.1- Administración Central 1.1.1.01- Departamento Ejecutivo 1.1.1.01.12- Secretaría de Protección Ciudadana, Programa 35 – Inspección y Control Ciudadano, Actividad 01, Administración y Coordinación, del presupuesto de gastos vigente para el ejercicio en curso. A la partida 3.9.3.0 “Servicio de vigilancia”, por la suma de ($ 3.253.500,00) dentro de la clasificación institucional 1- Sector Público Municipal no financiero 1.1- Administración Municipal 1.1.1- Administración Central 1.1.1.01- Departamento Ejecutivo 1.1.1.01.12- Secretaría de Protección Ciudadana, Programa 38 –Control Vehicular Urbano, Actividad 01, Administración y Coordinación, del presupuesto de gastos vigente para el ejercicio en curso. (Fuente de Financiamiento 131-Recursos afectados de origen municipal; Rubro de recursos 12.1.28.01).

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Protección Ciudadana.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaría de Protección Ciudadana, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Atilio Vicente Della Maggiora (Secretario)    -     Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                             Secretaría de Protección Ciudadana               -                     Intendencia