Boletines/Tandil

Decreto Nº1754/2023

Decreto Nº 1754/2023

Tandil, 11/05/2023

Visto

La solicitud de reconocimiento de antigüedad presentada por la agente del Sistema Integrado de Salud Pública, Dra. María Lucila Heer - Legajo 11.068, por el tiempo laborado como Residente en el Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil “Dr. Victorio Tetamanti” y Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas”.

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Reconócese el concepto “antigüedad” a la Dra. María Lucila Heer - Legajo 11.068, actualmente en la categoría 11 - 36 horas semanales de la planta permanente, cumpliendo funciones como médica de guardia en el Hospital de Niños “Debilio Blanco Villegas” del Sistema Integrado de Salud Pública, por haber laborado como Residente en el periodo comprendido entre el 1° de Junio de 2014 al 31 de mayo de 2018, ambas fechas inclusive, en el Hospital Interzonal Especializado Materno Infantil “Dr. Victorio Tetamanti” y como Jefa de Residentes desde el 1° de Junio de 2018 al 31 de Mayo de 2019, ambas fechas inclusive, en el Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas” como base para el grado escalafonario por un total de cinco (5) años, de acuerdo al artículo 8° último párrafo del Decreto Nro. 1306/04 de la Carrera Profesional., a partir del 1° de enero de2023.

Artículo 2°: Recategorízase a la Dra. Dra. María Lucila Heer, en la categoría 12 – 36 horas semanales, de la planta permanente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 1° de enero de 2023.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las Partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 - Hospital de Niños “Debilio Blanco Villegas” – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3. Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.3 Bonificación Guardias Médicas, 1.1.5.7. Bonificación Especial, correspondiente al Presupuesto vigente.

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Matías Tringler (Presidente)               -           Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

             Presidencia del Sistema Integrado de Salud      -                        Intendencia