Boletines/Tandil

Ordenanza Nº18030/2023

Ordenanza Nº 18030/2023

Tandil, 11/05/2023

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

a la Dirección de Estudios Macroeconómicos (DECOM) y se coteje con el propio elaborado por la Cámara de Transporte, un nuevo cuadro tarifario transitorio con carácter de emergencia, el cual tendrá vigencia a partir del momento en que se implemente la actualización del Sistema Único de Boleto Electrónico Nacional (SUBE).

A

Boleto plano

$ 129,94

B

Boleto Nocturno/alargue

$ 153,32

C

Boleto Obrero

$ 103,94

C1

Boleto Jubilados, pensionados, pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas

$ 103,94

D

Boleto universitario

$ 103,94

E

Boleto primario

$  23,01

F

Boleto secundario

$  64,99

G

Alargue escolar Granja

$  98,75

H

Combinado multilíneas

$ 194,90

I

Suburbano Granja

$ 153,52

J

Combinado secundaria escuela Granja

$ 167,65

ARTÍCULO 2º: Establézcase que el UNO POR CIENTO (1%) para el sustento de la red de cobro y gestión de puntos de venta que se efectuará sobre el dinero acreditado en la tarjeta magnética del Sistema único de Movilidad Ordenada (SUMO) sin quedar incluido el porcentaje equivalente a los subsidios otorgados al usuario por medio del PASE (Programa de Accesibilidad Socio Educativa) y por el PAMPAM (Boleto Jubilados, Pensionados, Pensiones no contributivas y Veteranos de Guerra de Malvinas).

ARTÍCULO 3º: Deróguese la Ordenanza Nº 17809 que fijaba la tarifa anterior.

ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRES.

Registrada bajo el Nº 18030

REF: Asunto Nº 249/2023    Expte. Nº 2023/03023/00

Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)    -    Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)