Boletines/Tandil

Decreto Nº4033/2023

Decreto Nº 4033/2023

Tandil, 28/04/2023

Visto

La Ley Orgánica de las Municipalidades; la Ley Provincial N° 14.656 (Estatuto para el personal de las Municipalidades); la estructura orgánico-funcional del Departamento Deliberativo; el CCT de los Trabajadores Municipales del Partido de Tandil; el Decreto Nº 3949 de este HCD; el Acta Acuerdo de fecha 20/04/2023 suscripta entre el Departamento Ejecutivo y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil, mediante el cual se ha convenido un incremento de los sueldos básicos (equivalente al 70% en tres tramos); el Decreto Nº 1566/2023 del Departamento Ejecutivo resultante de la mencionada Acta Acuerdo; y

Considerando

Que el decreto Nº 1566/2023 en su artículo 5º excluye del incremento en cuestión al personal político sin estabilidad del HCD;

Que, a pesar de ello, el Departamento Ejecutivo ha incrementado el sueldo básico del personal político sin estabilidad de este Cuerpo;

Que se pretende dejar constancia de la igualdad en la aplicación del incremento salarial para toda la planta del HCD (con y sin estabilidad);

Que el Art. 6º del Decreto del HCD Nº 3949/2022 establece que “El presidente del HCD realizará el correspondiente acto administrativo para cualquier incremento salarial o bonificación determinada en la correspondiente negociación colectiva.”;

EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA EL SIGUIENTE:

DECRETO

ARTÍCULO 1º: Ratificar el incremento en los sueldos básicos establecido por Decreto Nº 1566/2023 del Departamento Ejecutivo, para todo el personal del Concejo Deliberante, respecto de los sueldos básicos vigentes al mes de marzo de 2023, de acuerdo a los porcentajes y a partir de las fechas que se detallan a continuación:

  1. TREINTA POR CIENTO (30%) a partir del 1º de abril de 2023;
  2. DIEZ POR CIENTO (10%) a partir del 1º de julio de 2023; y
  3. TREINTA POR CIENTO (30%) a partir del 1º de septiembre de 2023.

ARTÍCULO 2º: Los egresos respectivos se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3º: Regístrese, dése al Libro de decretos y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTITRES.

Registrado bajo el Nº 4033

REF: Asunto Nº   

Firma : Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)    -    Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)