Boletines/Mercedes

Resolución Nº78/2023

Resolución Nº 78/2023

Mercedes, 13/03/2023

Visto

El Expediente N° 4075-411/2019 caratulado: “Laborde Silvina Mabel – Ley 24.374 Escrituración Gratuita – Ley Pierry” por el cual la Sra. LABORDE, Silvana Mabel con D.N.I. Nº 22.624.192 solicita la escrituración del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Manzana 403, Parcela 9H, y:

Considerando

             Que con el fin de obtener la regularización dominial del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Manzana 403, Parcela 9 H, la Sra. Laborde, Silvana Mabel con D.N.I. Nº 22.624.192 solicita acogimiento al régimen de la Ley 24.374, consintiendo la declaración jurada con firma al pie de la misma;

            Que, habiendo presentado la documentación solicitada para el mentado trámite, se da curso al expediente de regularización dominial;

            Que con fecha 4 de abril de 2019 esta Dirección de Tierras y Hábitat solicita a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) a través de un oficio, asigne Partida Inmobiliaria al inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Manzana 403, Parcela 9H;

            Que a los 22 días de agosto de 2022 el Departamento de Actuaciones Administrativas Catastrales y Geodésicas de A.R.B.A. remite las actuaciones a esta Municipalidad, informando: “… no es posible asignar Partida al bien identificado como: Circunscripción I, Sección D, Manzana 403, Parcela 9H porque, previo a dar origen a la misma, debe llevarse a cabo la transmisión de dominio que cita la restricción del Plano Nº 71-55-76”;

            Que el Plano de Mensura, Subdivisión e Integración Nº 71-55-76 establece entre sus restricciones que los planos aprobados por aplicación de la Resolución Nº 12/65 Art. 3 no producirán efecto hasta tanto se transmita el dominio en base a las Parcelas 9H, 9K y 9M y que, si la transmisión del dominio no abarcara el total de las parcelas integradas por distintos títulos, debía constituirse el derecho real de condominio sobre las parcelas integradas no transferidas;

Que dicha restricción impide a esta Dirección de Tierras y Hábitat continuar con el trámite de regularización dominial del inmueble antes mencionado;

Por tales motivos, y en mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, es que;

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la regularización dominial del inmueble identificado con Nomenclatura Catastral: Circunscripción I, Sección D, Manzana 403, Parcela 9H a favor de la Sra. Laborde, Silvana Mabel con D.N.I. Nº 22.624.192, ya que la restricción del Plano de Mensura, Subdivisión e Integración Nº 71-55-76 impide regularizar una sola de las tres parcelas que conforman el mismo (Parcelas 9H, 9M y 9K) y la falta de Partida Inmobiliaria del inmueble imposibilita la regularización dominial a través de la Ley 24.374.

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción de los art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267/80.-