Boletines/Mercedes
Resolución Nº 72/2023
Mercedes, 07/03/2023
Visto
Que en el marco del Expediente N° 3556 del año 2019 caratulado: “TESTTI VANESA MARIA S/ PLAN VIVIENDA O TERRENO”, y:
Considerando
Que atento al cuarto sorteo realizado con fecha 27 de junio de 2019 a las 10 horas en el Teatro “Julio Cesar Gioscio”, con la presencia del Escribano Juan Pablo Giannini, quien labró el Acta de Constatación N° 45, y que salió sorteada en el 1° puesto del cupo especial “SILO&SIT”; por lo que se publicaron edictos a los fines que particulares presenten oposiciones y se realizó la consulta del formulario (755) ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, con la intención de conocer si los titulares cuentan con inmuebles a su nombre, corroborando el cumplimiento del inciso 2 del artículo 19 de la Ordenanza 7982/17.-
Que con fecha 20 de febrero de 2020, se la cita para que elija terreno y la Sra. TESTTI decidió postergar su decisión para elegir en un próximo loteo; por lo que se precedió a citarla nuevamente en el 20 de septiembre de 2021 y ofreciéndole dos loteos, finalmente, optó por el ubicado en calles 10 y 91;
Que, el día de la fecha, se presenta la Sra. TESTTI en esta Dirección a los fines de renunciar al Programa “Mi Terreno” atento a tener resuelta su problemática habitacional;
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Artículo 1°: Aceptar la renuncia al Programa “MI TERRENO” de la Sra. TESTTI Vanesa María con DNI 28.287.597 atento a tener resuelta su problemática habitacional.-
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267.-
Artículo 3°: Fecho. Realizase las modificaciones pertinentes en el listado de pre-adjudicatario. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-