Boletines/Mercedes

Decreto Nº445/2023

Decreto Nº 445/2023

Mercedes, 20/03/2023

Visto

Lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo (Ordenanza 8079/2018).  

Que a fs. 1 el Sr. Secretario de Seguridad solicita se proceda a efectuar el llamado a concurso interno de un (1) cargo para la función de Jefe de Departamento de Licencias de Conducir, actualmente vacante.    

Considerando

Que se debe cubrir el mismo mediante el mecanismo de concurso establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo para los Trabajadores Municipales del Partido de Mercedes (Ordenanza 8079/2018).  

Que a fs. 15 la Subdirección de Recursos Humanos sugiere el dictado del acto administrativo correspondiente para la cobertura de dicha función, por lo que se debe proceder a realizar el correspondiente Llamado a Concurso Interno de Jefe de Departamento de Licencias de Conducir.    

 Que la Carta Orgánica Municipal y el Convenio Colectivo de Trabajo garantizan el ingreso a la Administración Pública Municipal por idoneidad, con criterio objetivo en base a concurso de los aspirantes.    

Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal convocar a concursos de antecedentes y oposición para cubrir cargos vacantes existentes en la  Municipalidad de Mercedes.    

Que existiendo en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes la necesidad de cubrir el cargo de Jefe del Departamento de Licencias de Conducir, dependiente de la Secretaría de Seguridad, en virtud de la vacancia en el mismo, es que corresponde arbitrar los medios necesarios a fin de cubrir dicha jefatura a través del concurso interno de antecedentes y oposición para el personal de Planta Permanente.   

Qué, asimismo y atento el carácter interno del concurso para cubrir el cargo vacante detallado precedentemente, el mismo se circunscribe al personal de Planta Permanente.     

    

POR ELLO EN USO DE LAS ATRIBUCIONES LEGALES EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL     

D E C R E T A:

Artículo 1°: LLÁMESE a Concurso Interno para cubrir un (1) cargo vacante como Jefe del Departamento de Licencias de Conducir, dependiente de la Secretaría de Seguridad, de acuerdo a lo normado en la Ordenanza supra referida, siendo el cargo de categoría, agrupamiento y función de acuerdo al Convenio Colectivo de Trabajo  vigente.     

Artículo 2°: A efectos de la respectiva inscripción de los postulantes, el interesado/a deberá completar el formulario de inscripción, el que deberá ser retirado y entregado en la Subdirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Mercedes, deberá ser completado en forma manuscrita, firmado por el solicitante, con su aclaración y número de Documento Nacional de Identidad.    

Las solicitudes tendrán carácter de Declaración Jurada y, por lo tanto, cualquier falsedad en los datos que se consignen en las mismas importara la descalificación inmediata del aspirante al concurso e inhabilitado para la presentación en cualquier otro concurso en el ámbito de la Municipalidad de Mercedes.     

La inscripción se realizará en forma personal por el/la interesado/a.     

Artículo 3°: Las inscripciones se receptarán en la Oficina de la Subdirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Mercedes, desde el día 21  de Marzo  de 2023 hasta el día 13 de Abril de 2023 inclusive fijándose como horario de atención de 9:00 a 13:00 horas. Ante cualquier inquietud, los aspirantes podrán solicitar información al número telefónico 2324-421370 interno 124/126     .   

Artículo 4°: Son requisitos generales y excluyentes de la convocatoria los siguientes:  

1. Ser Personal de Planta Permanente en la Municipalidad de Mercedes

2. No poseer sanción de suspensión firme en los últimos cinco (4) años.

3. Gozar de buena salud y aptitud psicofísica para la función a la cual aspira ingresar (no encontrarse de licencia médica).

Artículo 5°: El sistema de selección del concurso se realizará de acuerdo a lo que prevé el Convenio Colectivo de Trabajo.   

Artículo 6°: Se realizará una nómina de postulantes admitidos y no admitidos, teniendo en cuenta quienes hayan cumplimentado con los requisitos exigidos para el cargo, la que se publicará el día 20 de Abril de 2023 en Carteleras visibles de lasdependencias municipales, en el sitio web oficial y en la página de autogestión. Asimismo, los postulantes deberán notificarse de dichos resultados en el Departamento de Recursos Humanos de la Municipalidad de Mercedes hasta el día 25 de Abril de 2023 en horario de 9:00 a 13:00 horas, bajo pena de tenerse al postulante por renunciado al concurso, lo que no será recurrible.     

Artículo 7°: El Concurso constará de tres etapas correlativas.A saber:

1) Evaluación de Antecedentes,

2) Prueba de Oposición y

3) Entrevista Personal; debiendo el concursante superar la primera etapa para avanzar a la segunda y aprobar la segunda para avanzar a la tercera y última etapa del concurso.     

Artículo 8°: El Jurado estará integrado por los siguientes miembros:

  • Nancy Okos
  • Víctor Palazzo
  • Evangelina Artaza

El Jurado podrá funcionar con mayoría simple y su dictamen será válido con el voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.  

Artículo 9º: La evaluación será de antecedentes y oposición, (asignándole puntaje a cada una de las etapas.

Artículo 10º: Método de Evaluación: El método de evaluación de competencias, adecuadas al perfil de los puestos comprenderá dos etapas: la evaluación de antecedentes y la oposición que se integra con distintas fases.  

FASE 1: Evaluación de antecedentes: Los antecedentes curriculares serán calificados con una puntuación máxima de Cuarenta (40) puntos y serán ponderados de la siguiente manera:  

  

Factor                                                                                    Puntaje máximo  

  

l. Títulos de estudiosmedio/ terciario/ universitario                                     9  

2. Estudios formales que cursa actualmente                                                1  

3. Cursos de capacitación certificados, jornadas, congresos yseminarios  5

4. Funciones que desempeña y experiencia en oficinasafines                   10

5. Menciones, reconocimientos y premios                                                    5

6. Antigüedad en la Administración PúblicaMunicipal                                 10

  

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL   40

  

FASE 2: Evaluación de competencias técnicas.   

Esta fase contempla con un periodo previo al inicio de la evaluación de 15 minutos a fin de evacuar cualquier consulta respecto al examen. Vencido el plazo no se podrá volver a consultar y se iniciará un examen escritode veinte preguntas el que tendrá una duración máxima de dos (2) horas.

El examen escrito de oposición tendrá una modalidad de resolución individual en una sola sesión. Se le requerirá al postulante una serie de preguntas de conocimiento general y/o de cuestiones vinculadas con el cargo a cubrir.  

 

Factor                                                Puntaje máximo                                       

1. Expresión escrita                                                   8   

2. Comprensión de la consigna                                 7  

3. Dominio conceptual y práctico de la temática       8  

4. Coherencia                                                            7  

PUNTAJE MÁXIMO TOTAL                                    30 PUNTOS  

FASE 3: Entrevistas personales.   

La entrevista personal tendrá una puntuación máxima de treinta (30) puntos. El Comité evaluador realizará una entrevista con cada postulante valorando los siguientes criterios:  

Factor                                                                          Puntaje máximo  

 l. Comunicación verbal                                                       6  

2. Escucha activa                                                              4  

3. Orientación al trabajo en equipo                                     6    

4. Competencias actitudinales                                           8  

5. Resolución de conflictos                                               6  

  

PUNTAJE MÁXIMO                                                       30 PUNTOS   

Artículo 11°: Días, horarios y lugares en que se efectivizarán los exámenes escritos y las entrevistas.  

PRUEBA DE OPOSICION (Evaluación de Competencias Técnicas).  

La prueba de oposición se llevara a cabo el día  26de Abril  de 2023 a las 10:00 horas.  

La misma versará sobre las siguientes temáticas:  

- CENTROS DE EMISIÓN DE LICENCIAS  

- LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR  

*Ventajas y características de la Licencia Nacional de Conducir.  

*Capacitación  

*Tipos de Licencias  

*Exámenes  

- CLASES DE LICENCIAS  

*Sub clases  

*Vigencias  

*Requisitos y etapas a cumplir  

- DOCUMENTACIÓN QUE CONFORMA UN LEGAJO  

- CERTIFICADO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRÁNSITO  

- FORMULARIO ÚNICO DE TRÁMITES  

- EXÁMEN PRÁCTICO DE MOTOVEHÍCULOS  

- EXÁMEN PRÁCTICO DE AUTOMÓVILES  

- MANUAL DE CORRESPONDENCIA DE COMANDOS ORTOPÉDICOS

- ESTATUTO PARA EL PERSONAL MUNICIPAL LEY 14.656

- LEY MICAELA 27.499  

 

Terminado el examen de oposición se realizará la ENTREVISTA PERSONAL: se procederá a realizar la entrevista personal a aquellos concursantes que hayan alcanzado los puntajes mínimos establecidos para la aprobación de la Evaluación de Antecedentes y la Prueba de Competencias técnicas, respectivamente.  

Culminadas las tres etapas de evaluación, el Jurado labrará un acta que hará mención al orden de mérito de los postulantes, para la publicación de los puntajes obtenidos en el mismo. A estos fines, la Subdirección de Recursos Humanos publicará el acta en el portal de Internet, en una cartelera de acceso irrestricto de la Municipalidad y en la página de autogestión.  

Artículo 12º: Orden de mérito  

Serán incorporados al Orden de Mérito aquellos candidatos que hayan alcanzado, al menos, el setenta por ciento (70%)del puntaje total. En caso que no haya ningún candidato que alcance o supere dicho puntaje, la Selección de Personal será declarada desierta.  

Artículo 13°: Impugnación - Excusación - Recusación -Orden de Mérito.   

Las impugnaciones al llamado a Selección deberán interponerse dentro de los 5 (cinco) días hábiles administrativos siguientes a la fecha de la publicación y/o última comunicación. Los miembros integrantes del Jurado podrán excusarse de intervenir y/o ser recusados por cualquiera de los aspirantes por las causales previstas en el Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Bs. As. Asimismo, el concursante disconforme con el orden de mérito o puntaje obtenido, podrá solicitar su revisión ante la Junta de disciplina, calificaciones y ascensos la que deberá expedirse dentro del plazo improrrogable de tres (3) días hábiles, ratificando o rectificando su dictamen, debiendo notificarse al interesado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes quedando en consecuencia expedita la vía contencioso administrativa. La solicitud de revisión deberá plantearse por escrito y debidamente fundada. No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con el puntaje adjudicado.

Artículo 14º: Los cargos serán cubiertos por orden de méritos determinado por el Jurado. En el caso que el primero no ocupara el cargo, el mismo será cubierto por quien lo siguiere en el orden de prelación y así sucesivamente.  

Artículo 15º: El agente será designado desde que queda firme el acta y a partir de su notificación. De no verificarse tal circunstancia o de cesar sus funciones por cualquier causa, se designará a otro de los candidatos que lo siga en la orden de prelación de méritos.   

Artículo 16º: El trámite del concurso se sustanciará en forma actuada, formándose un expediente. Sus constancias serán públicas.    

Artículo 17º: A los fines del procedimiento del concurso, la única vía válida y fehaciente de comunicación es a través del sitio oficial web oficial de la Municipalidad de Mercedes.  Es responsabilidad de cada postulante consultar el sitio web oficial, a los fines de conocer las novedades del concurso en general y su situación personal en cada etapa.   

Artículo 18°: Difusión. El Departamento de Recursos Humanos será el encargado de dar amplia difusión al presente Decreto.  

Artículo 19°: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.