Boletines/Mercedes

Decreto Nº389/2023

Decreto Nº 389/2023

Mercedes, 14/03/2023

Visto

Lo actuado en el Expediente administrativo N°732/2023, mediante el cual se llamó a “LICITACIÓN PRIVADA Nº 15/2023  (Decreto Nº 253/2023 con fecha 16 de febrero de 2023) “MANO DE OBRA PARA PAVIMENTACIÓN DE BARRIO ESPERANZA”, y;

Considerando

Que de las 3 (tres) ofertas válidas presentadas, en virtud del estudio de antecedentes de cada una y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicar a la LA NUEVA ESPERANZA COOPERATIVA DE TRABAJO, quien ha efectuado la cotización que resulta más equitativa para los intereses municipales (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).

Que la propuesta se encuentra un 3% por encima del presupuesto oficial y será financiada con fondos provenientes del Convenio de Financiamiento para la Mejora de Hábitat, celebrado con el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires,  por un importe de PESOS SESENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 21/100 ($68.685.571,21.-) y Addenda de Convenio por  PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS UN MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 04/100.- ($10.701.524,04.-) respectivamente, adjuntos en fojas que anteceden. 

Que razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “MANO DE OBRA PARA PAVIMENTACIÓN DE BARRIO ESPERANZA”, a la firma LA NUEVA ESPERANZA COOPERATIVA DE TRABAJO, la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a la suma de Pesos ONCE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 53/100.-($11.435.880,53.-), por las razones expuestas en el considerando.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente a realizar la imputación al recurso afectado , para que a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería practique los pagos a la firma.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.