Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 1543
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 02/05/2023
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria del Anticipo Financiero de la obra "AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN COMISARIA SÉPTIMA", ejecutada por la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Proyectos y Obras informa que por Expediente Nº 410-8030-2022 (HCD-263-2022 C/ HCD-989-2022), Decreto Nº 3590/2022, la Municipalidad de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Nª 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminación de precios en contratos de Obra Publica. Fecha de Licitación: 02/12/2022, Fecha de Contrato: 29/12/2023, Plazo de obra: 120 días.
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precio provisoria del anticipo financiero de la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. el cual fue presentado en tiempo y forma.
Anticipo Financiero: Se realiza el análisis con los indices correspondientes al mes de Enero de 2023.
Que el mes de Facturación del anticipo financiero fue en Enero 2023.
Que la fecha de Publicación de los indices de Enero fue el 28/02/2023.
Que la fecha de Presentación de la empresa fue el 03/03/2023.
Que la Oficina Técnica sugiere que la redeterminación provisoria del Anticipo Financiero deberá aprobarse por un monto de $ 92.008,09, de lo que se deberá retener el 5% correspondiente a la garantía de Fondo de Reparo.
Que a fojas 31 el informe de la asesora letrada de esta Secretaría manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deber ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos.Asimismo, surge del pedido de la contratista el cumplimiento de los recaudos exigidos por el articulo 23.
En caso de que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, entiendo que la misma deberá rechazarse.
En este caso, no observo impedimento legal alguno para la aprobación de los pedidos de redeterminación según Ordenanza Municipal Nº 20986 conforme los términos del informe técnico, por lo cual sugiero, salvo opinión de la autoridad en contrario, que el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por la normativa..."
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del anticipo financiero de la obra "AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN COMISARIA SÉPTIMA", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aprobar la redeterminación de precios provisoria del Anticipo Financiero presentada por la empresa GRUPO MARCO CONSTRUCCIONES S.R.L. de la obra "AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN COMISARIA SÉPTIMA", por un monto de PESOS NOVENTA Y DOS MIL OCHO CON NUEVE CENTAVOS ($ 92.008,09), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en Expte. 416R-1887-2023; encomendándose a retener el 5% correspondiente a la Garantía de Fondo de Reparo.
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Articulo 16 de la Ordenanza Nº 20986.
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza Nº 20986.
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 70.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente decreto el Sr. Secretario de Economía.
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.;Comuníquese a la Empresa interesada; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra y tomen nota los Departamentos Proyectos y Obras. Cumplido ARCHÍVESE.-