Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº400

Resolución Nº 400

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 03/05/2023

Visto la nota presentada por la entidad denominada Acción Bahiense Comunitaria (ABC), por la cual solicita el otorgamiento de un subsidio destinado a gastos de mantenimiento y funcionamiento de la entidad y a la ejecución del programa Fondo Rotativo Solidario de Materiales; considerando que dicho requerimiento ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente Ejercicio; atento lo informado por la Dirección de Logística y Distribución a fs.4 y teniendo en cuenta la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,


R E S U E L V E


ARTICULO 1º) - Otorgar un subsidio a la entidad denominada Acción Bahiense Comunitaria (A.B.C.), C.U.I.T. 30-70903984-5, por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS  ($ 1.324.289,28.-), destinando de ese monto $ 300.000 a gastos de mantenimiento y funcionamiento y $ 1.024.289,28 a la ejecución del Fondo Rotativo Solidario de Materiales.-
ARTÍCULO 2°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs.7 del expediente 0-3048-2023, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.8, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-
ARTICULO 3º) - El presente gasto deberá imputarse de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Categoría Programática 78.01.00, Gasto 5.1.7.0. ($ 1.024.289,28.-).-
Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 5.1.7.0. ( $ 300.000.-).-
ARTÍCULO 4°) - Por Secretaría de Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria de la suma destinada a gastos de funcionamiento. Las rendiciones del  monto correspondiente al Fondo Rotativo Solidario de Materiales será monitoreado por la Secretaría de Políticas Sociales.-
ARTÍCULO 5°) - Refrende la presente la Secretaría de Políticas Sociales.-
ARTICULO 6°) - Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Departamento Contaduría General; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-