Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1366/18
Nueve de Julio, 20/04/2018
CLUB DE LEONES 9 DE JULIO – AUTORIZACION RIFA.
Visto
El expediente 4082-785/2018.
El pedido formulado por la Institución del epígrafe, mediante el cual solicita autorización para realizar una rifa a circular en el ámbito de este Partido.
Considerando
Que no existe impedimento para otorgar la autorización solicitada, correspondiendo dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Autorízase al Club de Leones 9 de Julio, de nuestra ciudad, a realizar una rifa a circular en el ámbito de éste Partido de 9 de Julio, que sorteará por medio de la Quiniela Nacional Nocturna.
ARTICULO 2º: Dicha rifa consta de 2.500 (dos mil quinientas) boletas con 4 (cuatro) números de 4 (cuatro) cifras cada una, siendo el valor de cada boleta de $ 4.500 (pesos cuatro mil quinientos), pagaderas en 17 cuotas, las primeras (tres) cuotas de $ 200 (pesos doscientos), 10 (diez) cuotas de de $ 270 (pesos doscientos setenta) cada una y 4 (cuatro) siguientes cuotas de $ 300 (pesos trescientos) cada una, con vencimiento la primera cuota el 15/07/2018 y así mensual y sucesivamente. La última cuota vence el 15/10/2019. Las rifas compradas con cuotas vencidas deben ser abonadas hasta el monto completo de las cuotas vencidas.
ARTICULO 3º: La rifa consta de los siguientes premios:
a) PREMIO FINAL: PRIMERO: 1 (una) Casa en calle 25 de Mayo 1821 de la ciudad de 9 de Julio, Provincia de Buenos Aires, nueva a estrenar, identificada con Nomenclatura Catastral: Circunscripción XV, Sección B, Manzana 142-r, Parcela 18, Partida 077-33695 plano aprobado (Expediente 156/2016), sobre terreno de 10,00 mts. por 3,31 mts. Valor $ 900.000.
SEGUNDO: $ 150.000 (pesos ciento cincuenta mil) en orden de compra
TERCERO: $ 70.000 (pesos setenta mil) en orden de compra
CUARTO: $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en orden de compra
QUINTO: $ 25.000 (pesos veinticinco mil) en orden de compra Los premios se adjudicarán al titular de la Rifa cuyo número coincida con las cuatro últimas cifras del número favorecido con el primer premio de sorteo del último sábado calendario del mes de noviembre del año 2018 de la Quiniela Nacional nocturna. Si por algún motivo se suspende esta jugada será reemplazada por la misma jugada nocturna inmediata posterior. Participan del sorteo los titulares de las rifas que tengan previamente pagadas la totalidad de las cuotas.
b) PREMIO ESPECIAL: PRIMERO: $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en orden de compra El premio se adjudicará al titular de la rifa cuyo número coincida con las cuatro últimas cifras del número favorecido con el primer premio del sorteo del último sábado calendario del mes de diciembre del año 2018 de la Quiniela Nacional Nocturna. Si por algún motivo se suspende ésta jugada será reemplazada por la misma jugada nocturna inmediata posterior. Participan del sorteo los titulares de las rifas que tengan paga la primera cuota.
c) PREMIO ESPECIAL: SEGUNDO: $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en orden de compra El premio se adjudicará al titular de la rifa cuyo número coincida con las cuatro últimas cifras del número favorecido con el 1º premio del sorteo del último sábado calendario del mes de mayo del año 2019 de la Quiniela Nacional Nocturna. Si por algún motivo se suspende ésta jugada será reemplazada por la misma jugada nocturna inmediata posterior. Participan del sorteo los titulares de las rifas que tengan pagadas previamente la totalidad de las cuotas vencidas a la fecha del sorteo.
d) PREMIO CONTADO: PRIMERO: $ 50.000 (pesos cincuenta mil) en orden de compra El premio se adjudicará al titular de la rifa que haya pagado el total de su valor ($ 4.500) antes del 15 de octubre del año 2018 y cuyo número coincida con las cuatro últimas cifras del número favorecido con el 1º premio del sorteo del último sábado calendario del mes de octubre del año 2018 de la Quiniela Nacional nocturna. Si por algún motivo se suspende ésta jugada será reemplazada por la misma jugada nocturna inmediata posterior.
e) PREMIOS MENSUALES: $ 15.000 (pesos quince mil) en orden de compra Los premios se adjudicarán a los titulares de la rifas cuyo número coincida con las cuatro últimas cifras del número favorecido con el 1º premio del sorteo del último sábado calendario del mes de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre de 2018 y enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2019, en cada mes, de la Quiniela Nacional nocturna. Si por algún motivo se suspende ésta jugada será reemplazada por la misma jugada nocturna inmediata posterior. Las órdenes de compra que se mencionan en los incisos a), b), c), e) y f) se emitirán con el destino que elijan los correspondientes ganadores. Participan del sorteo los titulares de la rifa que tengan pagada previamente la totalidad de las cuotas vencidas a la fecha del sorteo.
ARTICULO 4º: Los gastos de transferencia de dominio del 1º premio (casa), serán de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y costumbre Notarial. El Notario actuante en la transferencia de dominio será designado por el Club de Leones. El impuesto a los premios Ley Nº 20.630 y reformas será por cuenta y a cargo del Club de Leones.
ARTICULO 5º: La Entidad organizadora deberá cumplir con el depósito previsto en el artículo 8 de la Ordenanza 5354/14 y el Decreto Nº 1638/2014, en caso de corresponder, como así también con la presentación de los datos de los ganadores de los sorteos.
ARTICUL0 6º: La Entidad organizadora deberá rendir cuenta de la inversión de los fondos obtenidos.
ARTICULO 7º: Previo a la circulación de la rifa las boletas deberán ser selladas en la Municipalidad.
ARTICULO 8º: Refrenda el presente el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 9º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.