Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº5964/18

Ordenanza Nº 5964/18

Nueve de Julio, 26/04/2018

ORDENANZA

LOTE “PROGRAMA FAMILIA PROPIETARIA” – ESCRITURACION

El H.C.D, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase en favor de la adjudicataria señora MARIA LOURDES ANTUNOVICH, D.N.I. Nº 29.276.148, en concubinato con el señor Sergio Javier RIGELMAN, D.N.I. Nº 23.680.862 la escrituración de la parcela perteneciente al “Programa Familia Propietaria” identificada con nomenclatura catastral: Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173 w, Parcela 17 de la ciudad de 9 de Julio.

ARTICULO 2º: Las cuotas y los valores estipulados han sido cancelados en su totalidad respecto al lote especificado en el Artículo Nº 1 de la presente.

ARTÍCULO 3º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.

ARTICULO 4º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria, procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y autorízase al Señor Intendente Municipal a suscribir la documentación correspondiente.

ARTICULO 5º: Comunìquese al D.E.a sus efectos.-