Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº5960/18

Ordenanza Nº 5960/18

Nueve de Julio, 26/04/2018

ORDENANZA

LOTE “PROGRAMA FAMILIA PROPIETARIA” – ESCRITURACION

El H.C.D, en uso de sus atribuciones acuerda y sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase en favor de la adjudicataria señora MARINA GISELA SEIJO SAUCO, D.N.I. Nº 32.174.289, la escrituración de la parcela perteneciente al “Programa Familia Propietaria” identificada con nomenclatura catastral: Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173p, Parcela 24 de la ciudad de 9 de Julio.

ARTICULO 2º: Las cuotas y los valores estipulados han sido cancelados en su totalidad respecto al lote especificado en el Artículo Nº 1 de la presente.

ARTÍCULO 3º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.

ARTICULO 4º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria, procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y autorízase al Señor Intendente Municipal a suscribir la documentación correspondiente.

ARTICULO 5º: Comuníquese al D.E. a sus efectos.-