Boletines/Vicente López

Decreto Nº2463/23

Decreto Nº 2463/23

Vicente López, 27/04/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-5700-2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 37 dispuesto por Decreto Nº 1171/23 por la “PROVISION DE JUEGOS INFANTILES E INTEGRADORES PARA PLAZA LA PAZ”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 417 se han presentado tres oferentes.

Que a fs. 520/522 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 527/528 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a las firmas Green Juegos Atracciones SRL y Crucijuegos Insumos Públicos SRL por un total de $ 5.027.719,18.-
 

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                            DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “PROVISION DE JUEGOS INFANTILES E INTEGRADORES PARA PLAZA LA PAZ”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 527/528.

GREEN JUEGOS ATRACCIONES SRL $4,643,609.00
CRUCIJUEGOS INSUMOS PUBLICOS SRL $384,110.18
TOTAL $5,027,719.18

Artículo 2º.- La suma de Pesos cinco millones veintisiete mil setecientos diecinueve con dieciocho centavos ($5.027.719,18), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-1219 obrante a fs. 44 y Ajuste de Preventiva Nro. 9-000299 de fs. 532.

Artículo 3º.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en concepto de anticipo financiero, por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 30 del mismo Pliego.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Planeamiento y Obras Públicas y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Planeamiento y Obras Públicas y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar

Fdo: Martinez-Alvarez-Botello-Baistrocchi