Boletines/Vicente López
Decreto Nº 2277/23
Vicente López, 19/04/2023
Referencia: EXPTE - EEMVL-327-2023
Visto
El llamado a Licitación Privada N° 45 dispuesto por Decreto N° 1314/23, por el cual tramita la “ADQUISICION DE INDUMENTARIA PARA EL PERSONAL DEL CUERPO DE PATRULLA DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD”, y
Considerando
Que conforme Acta de Apertura obrante a fs.183 se han presentado dos oferentes, los cuales fueron rechazados en ese mismo acto.
Que en virtud de ello, a fs. 194 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación aconseja declarar desierta la presente licitación y realizar un segundo llamado.
Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
DECRETA
Artículo 1º.- DECLARAR desierta la Licitación Privada Nº 45, oportunamente dispuesta por Decreto N° 1314/23 en merito a las razones expuestas en el exordio.
Artículo 2º.- Proceder a efectuar un segundo llamado correspondiente a la Licitación Privada N° 45, a fin de efectuar la “ADQUISICION DE INDUMENTARIA PARA EL PERSONAL DEL CUERPO DE PATRULLA DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares obrante a fs, 7/18 y al Pliego de Bases y Condiciones Generales obrante de fs.23/30.
Artículo 3º.- Establecer en la suma de Pesos trece millones novecientos cincuenta y cuatro mil quinientos ($ 13.954.500,00) el Presupuesto Oficial para la presente Licitación.
Artículo 4º.- Por la Dirección de Compras y Licitaciones, cursar invitaciones a las firmas especializadas del ramo, haciéndoles entrega del respectivo Pliego de Bases y Condiciones, cuyo valor es de pesos trece mil novecientos cincuenta y cinco ($ 13.955,00). Exceptuar del pago del pliego a los proveedores participantes del primer llamado.
Artículo 5º.- La presentación y apertura de las propuestas, que deberán hacerse llegar en sobre cerrado, tendrá lugar en el Palacio Municipal el día 08/05/23, a las 12:00 hs., en presencia de los interesados que concurran.
Artículo 6º.- Refrendar el presente los Sres. Secretarios de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.
Artículo 7º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Compras y Licitaciones) y de Seguridad.
Artículo 8º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente, ARCHIVAR.
Fdo: Martinez-Alvarez-de Jesus