Boletines/Vicente López

Decreto Nº2057/23

Decreto Nº 2057/23

Vicente López, 12/04/2023

Referencia: EXPTE - EEMVL-5784-2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 15 dispuesto por Decreto Nº 6776/22 por la “ADQUISICION DE 14 (CATORCE) CAMAS ELECTRICAS, con destino al Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay, dependiente de la Secretaría de Salud”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 538 se han presentado cuatro oferentes.

Que a fs. 546 la Secretaría de Salud, solicita realizar una mejora de oferta.

Que a fs. 564 obra el Acta de Apertura de la Mejora de Oferta.

Que a fs. 573 surge el análisis comparativo de la Mejora de oferta, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 576/577 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 25 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aconseja por unanimidad adjudicar a la firma Centro de Servicios Hospitalarios S.A. por un total de $ 10.532.200,00.-
 

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                                DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma CENTRO DE SERVICIOS HOSPITALARIOS SA, por un monto total de Pesos diez millones quinientos treinta y dos mil doscientos ($10.532.200,00), la “ADQUISICION DE 14 (CATORCE) CAMAS ELECTRICAS, con destino al Hospital Municipal Dr. Bernardo Houssay, dependiente de la Secretaría de Salud”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 576/577.

Artículo 2º.- La suma de Pesos diez millones quinientos treinta y dos mil doscientos ($10.532.200,00), se encuentra registrada en la Solicitud de Gasto Nro. 0-2511 obrante a fs. 570 y el Ajuste de Preventiva Nro. 9-000222 de fs. 581.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de garantía de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo, conforme lo establece el artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas, de Salud y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Salud y Jefatura de Gabinete.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Alvarez-Scarsi-Baistrocchi