Boletines/Tandil
Decreto Nº 1718/2023
Tandil, 09/05/2023
Visto
Lo solicitado por Sr. Intendente Municipal en cuanto a otorgar una suma no remunerativa no bonificable por tareas extralaborales, en virtud de las tareas especiales llevadas a cabo por personal municipal en la organización del Bicentenario de Tandil y sus actividades programadas para todo el mes de Abril, y;
Considerando
La modalidad retributiva acordada para compensar dichas tareas y los informes producidos por la Dirección de Personal, Dirección de Presupuesto y Contaduría General;
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Otórguese a los trabajadores que a continuación se detallan una bonificación no remunerativa por la suma que para cada caso se indica, por la realización de las tareas especiales llevadas a cabo en la organización del Bicentenario de Tandil y sus actividades programadas para todo el mes de Abril, conforme las facultades conferidas por el artículo 74°, párrafo segundo de la ley 14.656 y el artículo 29° inc. C) del CCT 09/2019:
Irigoyen María Alicia –legajo 8227- $ 20.000
Ávila María Rosa -legajo 8814- $ 20.000
Conti Víctor Omar -legajo 10569- $ 20.000
Artículo 2º: Otórguese al trabajador que a continuación se detalla una bonificación no remunerativa por las tareas especiales realizadas fuera del horario laboral en la organización de la presentación del libro ¨Tandil en el Bicentenario¨ llevadas a cabo el día domingo 23 de abril de 2023:
Frick Douglas Owen –legajo 9501- $ 8.000
Artículo 3°: El egreso respectivo impútese a la partida 1.1.7.5 “Bonificación transitoria no remunerativa no bonificable”, y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, conforme las siguientes estructuras:
a.- Para la trabajadora Ávila María Rosa -legajo 8814- Jurisdicción 1.1.1.01.01 – CONDUCCION SUPERIOR, Actividad 01 – Conducción de la gestión, Subactividad 01 – Gestión administrativa;
b.- Para la trabajadora Irigoyen María Alicia –legajo 8227- Jurisdicción 1.1.1.01.13 – SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT, Programa 28 – Desarrollo Humano y Hábitat, Actividad 07 – Promoción y Protección de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;
b.- Para los trabajadores Conti Víctor Omar -legajo 10569- y Frick Douglas Owen –legajo 9501- Jurisdicción 1.1.1.01.03 – SECRETARIA DE GOBIERNO, Actividad 01 – Administración de Gobierno, Subactividad, 01 – Conducción y Administración;
Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 5°: REGISTRESE, NOTIFIQUESE; tomen nota Secretaría Privada; Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Personal para su archivo.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia