Boletines/Tandil

Decreto Nº1718/2023

Decreto Nº 1718/2023

Tandil, 09/05/2023

Visto

Lo solicitado por Sr. Intendente Municipal en cuanto a otorgar una suma no remunerativa no bonificable por tareas extralaborales, en virtud de las tareas especiales llevadas a cabo por personal municipal en la organización del Bicentenario de Tandil y sus actividades programadas para todo el mes de Abril, y;

Considerando

La modalidad retributiva acordada para compensar dichas tareas y los informes producidos por la Dirección de Personal, Dirección de Presupuesto y Contaduría General;

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Otórguese a los trabajadores que a continuación se detallan una bonificación no remunerativa por la suma que para cada caso se indica, por la realización de las tareas especiales llevadas a cabo en la organización del Bicentenario de Tandil y sus actividades programadas para todo el mes de Abril, conforme las facultades conferidas por el artículo 74°, párrafo segundo de la ley 14.656 y el artículo 29° inc. C) del CCT 09/2019:

Irigoyen María Alicia –legajo 8227- $ 20.000

Ávila María Rosa -legajo 8814- $ 20.000

Conti Víctor Omar -legajo 10569- $ 20.000

Artículo 2º: Otórguese al trabajador que a continuación se detalla una bonificación no remunerativa por las tareas especiales realizadas fuera del horario laboral en la organización de la presentación del libro ¨Tandil en el Bicentenario¨ llevadas a cabo el día domingo 23 de abril de 2023:

Frick Douglas Owen –legajo 9501- $ 8.000

Artículo 3°: El egreso respectivo impútese a la partida 1.1.7.5 “Bonificación transitoria no remunerativa no bonificable”, y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, conforme las siguientes estructuras:

a.- Para la trabajadora Ávila María Rosa -legajo 8814- Jurisdicción 1.1.1.01.01 – CONDUCCION SUPERIOR, Actividad 01 – Conducción de la gestión, Subactividad 01 – Gestión administrativa;

b.- Para la trabajadora Irigoyen María Alicia –legajo 8227- Jurisdicción 1.1.1.01.13 – SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT, Programa 28 – Desarrollo Humano y Hábitat, Actividad 07 – Promoción y Protección de Adultos Mayores y Personas con Discapacidad, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

b.- Para los trabajadores Conti Víctor Omar -legajo 10569- y Frick Douglas Owen –legajo 9501- Jurisdicción 1.1.1.01.03 – SECRETARIA DE GOBIERNO, Actividad 01 – Administración de Gobierno, Subactividad, 01 – Conducción y Administración;

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5°: REGISTRESE, NOTIFIQUESE; tomen nota Secretaría Privada; Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Personal para su archivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia