Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13843/2023
Quilmes, 25/04/2023
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28701-2023;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.843/2023 en la Sesión Ordinaria del día 11 de Abril del 2023, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente. Nº 2-28701-HCD:.2023, presentado por la Concejala NAIR ABAD. Ref.: El Cura Villero José "Pepe" Tedeschi del Barrio Villa ltatí, que fuera secuestrado el 2 de Febrero de 1976, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 1971 fue designado como Sacerdote en la Parroquia de Villa ltatí, Don Bosco.
Que le llevó muy poco tiempo conocer Villa ltatí.
Que brindó misa por primera vez en el Barrio, antes los fieles que debían caminar hasta la Parroquia de Don Bosco porque ningún cura llegaba hasta allí.
Que construyó una Biblioteca Popular, la Salita en el Barrio Villa ltatí, la instalación de tendidos y medidores de luz eléctrica y la red de agua corriente.
Que también se encargó de enseñar carpintería en los Centros de Oficios, donde se brindaba educación para adultos y se organizaban actividades recreativas, deportivas para las y los pibes del Barrio, entre otras.
Que por su forma de pensar, para ayudar a los más necesitados, fue perseguido, capturado, torturado y asesinado.
Que vecinos dieron testimonios que al momento de su captura, al ver que su pareja corría peligro, estando embarazada, él le ordenó que "salve a la nena", eso fue lo último que le escucharon decir.
Que el Cura "Pepe" Tedeschi al igual que miles y miles de compañeros y compañeras representaban una generación que estaba dispuesta a darlo todo por su Patria, por un futuro mejor, igualitario para todos y todas.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 13843/2023
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: DECLARASE "CIUDADANO ILUSTRE POST-MORTEM DEL..................... PARTIDO DE QUILMES" al Cura José "Pepe" Tedeschi, de acuerdo a los términos de la Ordenanza Nº 9902/04 y sus modificatorias vigentes.
ARTICULO 2°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a realizar las....................... adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro..................... General y ARCHIVESE.
QUILMES, 11 de Abril de 2023.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D.
Dra. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto:
ARTÍCULO 1º: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.843/2023, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 11 de Abril de 2023.-
ARTÍCULO 2º: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 1425/2023