Boletines/General Lavalle

Decreto Nº444/2023

Decreto Nº 444/2023

General Lavalle, 28/04/2023

Visto

            La solicitud de permiso para el Derecho Anual de Amarre y Uso de Banquina en el Puerto de General Lavalle, para la embarcación pesquera B/P ESTRELLITA Matrícula Nº 01115, requerido por ANTASU S.R.L CUIT N° 30-71057638-2, mediante Expediente Administrativo 4045-4569/2023; y

Considerando

              Que de acuerdo a la documentación presentada y al informe de la Jefatura de División Puerto de fecha 14 de Marzo de 2023, donde solicita el otorgamiento de permiso y solicita dar curso favorable por lo que no existen inconvenientes para acceder al mismo, en virtud que lo requerido y la documentación presentada se encuadra dentro de las normas vigentes,

            Que, el presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.

                  EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Otorgase Permiso para el Derecho Anual de Amarre y Uso de Banquina, conforme al Artículo N° 26 de la Ordenanza Impositiva Anual 2023, de General Lavalle, con carácter de ASIENTO TRANSITORIO, por el año 2023, a la embarcación pesquera B/P ESTRELLITA, Matrícula N° 01115, propiedad de ANTASU S.R.L. CUIT N° 30-71057638-2, con domicilio en Padre Dutto N° 353 Mar del Plata, debiendo abonar en tiempo y forma los derechos que correspondan según la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigentes.

 

ARTICULO 2º: El lugar de amarre en el Puerto de General Lavalle será indicado por la Jefatura División Puerto oportunamente, pudiendo ésta modificar el mismo por cuestiones de actividad y orden.

 

ARTICULO3º: Queda debidamente establecido que el presente permiso de amarre entre otras restricciones no implica: a) habilitación de pesca, b) uso de banquina para el manipuleo de la producción relacionada con la actividad pesquera.

 

ARTICULO 4°: El otorgamiento para el Derecho Anual del Permiso de Amarre y Uso de Banquina implica para el beneficiario el conocimiento y consentimiento de la vigencia y cumplimiento de las Ordenanzas N° 2020/2016 y 2146/2019, y de los Decretos N° 677/2017 y 319/2018.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el jefe de Gabinete.

 

 

ARTICULO 6º: Cúmplase,  comuníquese  a  quien  corresponda, y  dese  al  Registro Municipal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TURCONI ANDREA VERONICA                                                                       JOSE H RODRIGUEZ PONTE

         JEFE DE GABINETE                                                                                     INTENDENTE MUNICIPAL