Boletines/General Lavalle
Decreto Nº 444/2023
General Lavalle, 28/04/2023
Visto
La solicitud de permiso para el Derecho Anual de Amarre y Uso de Banquina en el Puerto de General Lavalle, para la embarcación pesquera B/P ESTRELLITA Matrícula Nº 01115, requerido por ANTASU S.R.L CUIT N° 30-71057638-2, mediante Expediente Administrativo 4045-4569/2023; y
Considerando
Que de acuerdo a la documentación presentada y al informe de la Jefatura de División Puerto de fecha 14 de Marzo de 2023, donde solicita el otorgamiento de permiso y solicita dar curso favorable por lo que no existen inconvenientes para acceder al mismo, en virtud que lo requerido y la documentación presentada se encuadra dentro de las normas vigentes,
Que, el presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Otorgase Permiso para el Derecho Anual de Amarre y Uso de Banquina, conforme al Artículo N° 26 de la Ordenanza Impositiva Anual 2023, de General Lavalle, con carácter de ASIENTO TRANSITORIO, por el año 2023, a la embarcación pesquera B/P ESTRELLITA, Matrícula N° 01115, propiedad de ANTASU S.R.L. CUIT N° 30-71057638-2, con domicilio en Padre Dutto N° 353 Mar del Plata, debiendo abonar en tiempo y forma los derechos que correspondan según la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigentes.
ARTICULO 2º: El lugar de amarre en el Puerto de General Lavalle será indicado por la Jefatura División Puerto oportunamente, pudiendo ésta modificar el mismo por cuestiones de actividad y orden.
ARTICULO3º: Queda debidamente establecido que el presente permiso de amarre entre otras restricciones no implica: a) habilitación de pesca, b) uso de banquina para el manipuleo de la producción relacionada con la actividad pesquera.
ARTICULO 4°: El otorgamiento para el Derecho Anual del Permiso de Amarre y Uso de Banquina implica para el beneficiario el conocimiento y consentimiento de la vigencia y cumplimiento de las Ordenanzas N° 2020/2016 y 2146/2019, y de los Decretos N° 677/2017 y 319/2018.
ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el jefe de Gabinete.
ARTICULO 6º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, y dese al Registro Municipal.
TURCONI ANDREA VERONICA JOSE H RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL