Boletines/General Lavalle
Decreto Nº 437/2023
General Lavalle, 27/04/2023
Visto
La ordenanza 2615/2023 de fecha 27/03/2023 y su decreto promulgatorio 321/2023; y
Considerando
Que, las circunstancias motivadoras de la sanción del decreto 113/2023 y ordenanza 2615/2023, continúan, en el Partido de General Lavalle.
Que, encontrándose regulado por la ordenanza fiscal vigente (2594/2022), artículos 19 inc. B), 32 inc. i) de la ordenanza 2595/2022, la correspondiente tasa de la guía de traslado al propio productor fuera del Partido (denominada a sí mismo).
Que, a los fines de paliar los contratiempos imperantes, desde este Departamento Ejecutivo, entiende por justo y razonable prorrogar la ordenanza 2615/2023 por el plazo de treinta (30) días.
Que, conforme los elementos la misma tendrá vigencia desde el 28 de abril de 2023 por treinta días corridos.
Que, la exención propuesta al prorrogarse el plazo y efecto de la ordenanza 2615/2023 deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.
Que, el presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Prorróguese la eximición dispuesta por la ordenanza por 30 días, a partir de la fecha del dictado del presente. Ello ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda y dése al Registro Municipal.
ANDREA VERONICA TURCONI JOSE H RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL