Boletines/General Lavalle

Decreto Nº407/2023

Decreto Nº 407/2023

General Lavalle, 20/04/2023

Visto

La necesidad de realizar las siguientes Ampliaciones presupuestarias para fondo Municipal de Fortalecimiento Municipal; y,

Considerando

           Que el ARTICULO 187° de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que “…Promulgado que sea el presupuesto, no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo”.

           Que el Contador Municipal informa la necesidad de realizar ampliaciones presupuestarias.

           Que el presente Decreto se dicta Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante (artículos 119, 120 y ccdtes. L.O.M. y Reglamento de Contabilidad).

           Que se debe dictar el acto administrativo correspondiente, el cual será refrendado por el Jefe de Gabinete.

           Que el ARTICULO 187° de la Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que “…Promulgado que sea el presupuesto, no podrá ser modificado sino por iniciativa del Departamento Ejecutivo”.

           Que el Contador Municipal informa la necesidad de realizar ampliaciones presupuestarias.

           Que el presente Decreto se dicta Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante (artículos 119, 120 y ccdtes. L.O.M. y Reglamento de Contabilidad).

           Que se debe dictar el acto administrativo correspondiente, el cual será refrendado por el Jefe de Gabinete.

ARTICULO 1º: Efectúese las siguientes  Ampliaciones  presupuestarias.

 

Ampliar:

 

Jurisdicción: 1110102000 –  Secretaria General de Gobierno y Hacienda.

132 – Tesoro Provincial Afectado.-

1750150 – Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad. Importe $  12.380.000,00.-

 

A la siguiente:

 

Jurisdicción: 1110103000 –  Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

Apertura Programática: 37.00.00 Fondo Municipal de Fortalecimiento de la Seguridad.

132 -Tesoro Provincial.-

3.4.9.0 Otros. Importe $ 5.000.000,00.-

4.3.6.0 Equipo para computación. Importe $ 7.380.000,00.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.

 

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda y dése al Registro Municipal.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANDREA VERONICA TURCONI                                                                   JOSE H RODRIGUEZ PONTE

         JEFE DE GABINETE                                                                                  INTENDENTE MUNICIPAL