Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 4221
Coronel Rosales, 27/04/2023
ORDENANZA
Corresp. Expte. S-55/2023
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: El incremento del monto del gravamen correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023 del Impuesto Automotor liquidado conforme Ordenanza Municipal Nº 3992, no podrá ser superior al sesenta y cinco por ciento (65%) respecto del monto del gravamen emitido respeto del mismo imponible en el Ejercicio 2022.-
Artículo 2°: El incremento del monto del gravamen correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023 del Impuesto Automotor liquidado conforme Ordenanza Municipal Nº 3992, para los vehículos Modelo 2012, no podrá ser superior al sesenta y cinco por ciento (65%) respecto del monto del gravamen emitido por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires en el Ejercicio 2022.-
Artículo 3°: Modifíquese el Artículo 9º de la Ordenanza Nº 3992 (texto según Ordenanza 4121), cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo quedará facultado para otorgar a los contribuyentes y/o responsables del gravamen un descuento sobre los montos a abonar por el Impuesto a los Automotores conforme el siguiente esquema:
a) Según el modelo (años de antigüedad) del automotor el descuento a otorgar será en orden decreciente y proporcional entre el 40% y 10% partiendo del modelo más antiguo hasta llegar al más reciente, se denominará Dto. Municipal por antigüedad y según el siguiente rango:
Años de antigüedad |
Descuento |
25 o más |
40 |
24 |
38 |
23 |
36 |
22 |
34 |
21 |
32 |
20 |
30 |
19 |
28 |
18 |
26 |
17 |
24 |
16 |
22 |
15 |
20 |
14 |
18 |
13 |
16 |
12 |
14 |
11 |
12 |
10 |
10 |
b) Según el valor establecido (Valuación Fiscal) por el DNRPA a cada automotor el descuento a otorgar será en orden decreciente y proporcional entre el 40% y 4 % partiendo del rango de valor más bajo hasta llegar al rango de valor más alto, se denominará Descuento Municipal por valuación conforme el siguiente esquema.-
Rango Valuación |
Descuento |
Hasta 250.000 |
40 |
250.000 a 300.000 |
36 |
300.000 a 350.000 |
32 |
350.000 a 400.000 |
28 |
400.000 a 450.000 |
24 |
450.000 a 500.000 |
22 |
500.000 a 550.000 |
20 |
550.000 a 600.000 |
18 |
600.000 a 650.000 |
16 |
650.000 a 700.000 |
14 |
700.000 a 750.000 |
12 |
750.000 a 850.000 |
10 |
850.000 a 1.000.000 |
8 |
1.000.000 a 5.000.000 |
6 |
Mayor a 5.000.000 |
4 |
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA EN SESION ORDINARIA CELEBRADA A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo