Boletines/Coronel Rosales
Resolución Nº 61/2023
Coronel Rosales, 30/01/2023
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº M-56/2023, la Resolución Nº 53/2023, lo informado por la Sra. Jefa de Producción y Estadística de la Dirección de Desarrollo, Y
Considerando
Que según informa la Sra. Jefa de Producción y Estadística de la Dirección de Desarrollo con fecha 26 de enero de 2023 mediante Resolución Nro. 53/2023, por error material e involuntario, se dispuso habilitar en forma Provisoria el local ubicado en la calle Brown N.º 635 local 1 de la localidad de Pehuen Co, identificado con la partida 14885 para el funcionamiento del comercio destinado al rubro Despacho de pan y otros productos de panadería, Código: 62.100.08, siendo la superficie destinada a la actividad de 75,55 m², cuyo titular es Mussini y Mussini SRL, CUIT: 30-71116045-7 cuando correspondía hacerlo en forma estacional.-
Que corresponde, consecuentemente, rectificar los Art. 1º y 2º de la Resolución Nº 53/2023 procediéndose a dictar el pertinente acto administrativo a tales efectos.-
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de las facultades que le son propias, RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 53/2023 dictada con fecha 24 de Enero de 2023 el que quedará redactado de la siguiente forma: “Habilítese con carácter de actividad estacional el local comercial ubicado en la calle Brown N.º 635 local 1 de la localidad de Pehuen Co, identificado con la partida 14885, comercio Nº 12093, destinado al funcionamiento bajo el rubro: DESPACHO DE PAN Y OTROS PRODUCTOS DE PANADERÍA, código: 62.100.08, siendo la superficie destinada a la actividad de 75,55 m², cuyo titular es MUSSINI Y MUSSINI SRL, CUIT: 30-71116045-7”.-
ARTICULO 2º: Rectificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 53/2023 dictada con fecha 24 de Enero de 2023 el que quedará redactado de la siguiente forma: “La habilitación tendrá vigencia desde su expedición y hasta el 31/03/2023. (Art. 176 Ordenanza Fiscal Impositiva)”.-
ARTICULO 3º: La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno.-
ARTICULO 4º: Regístrese.- Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a la Dirección de Producción y Desarrollo para su prosecusión. Notifíquese al interesado en la forma de estilo. Oportunamente remiítase al Departamento de Contralor Impositivo a sus efectos. Hecho archívese.-
RESOLUCION Nº61/2023