Boletines/General Villegas
Decreto Nº 170/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 30/01/2023
VISTO:
El Expediente Nº 1324/23 iniciado por la Jefa de Compras, elevando documentación para realizar un llamado a Concurso de Precios Nº 6/23 destinado a la “Adquisición de mano de obra y materiales - Ejecución nueva aula en la Escuela de Educación Secundaria Nº 1”; y
CONSIDERANDO:
Que de fojas 1 a 19 se acompaña la Solicitud de Gastos Nº 1-460 y de Pedido Nº 362.
Que el Pliego de Bases y Condiciones Generales luce agregado de fojas 20 a 50.
Que resulta procedente efectuar un llamado a concurso de precios, conforme las previsiones del Artículo 151º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 52.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales obrante en el Expediente Nº 1324/23, destinado a la “Adquisición de mano de obra y materiales - Ejecución nueva aula en la Escuela de Educación Secundaria Nº 1”, con un presupuesto oficial estimado de Pesos dos millones cuatrocientos treinta y tres mil quinientos ($ 2.433.500.-) y un plazo de obra de sesenta (60) días corridos.
ARTÍCULO SEGUNDO: Llámase a Concurso de Precios Nº 6/23 a partir de la fecha y hasta el 14 de febrero de 2023. La apertura se realizará a la hora 12:00 en la Municipalidad de General Villegas, bajo constancia de Acta y con la presencia de los interesados que deseen asistir.
ARTÍCULO TERCERO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
1110106000 - Sec. De Obras y Servicios Públicos |
Categoría Programática: |
36.60.83 |
Descripción: |
Llamado a concurso de precios Nº 6/23 - Ejecución de nueva aula - Escuela Sec. Nº 1 Gral. Villegas. |
Fuente de Financiamiento: |
132 - Origen Provincial |
Importe: |
$ 2.433.500.- |
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial; cúmplase y archívese.