Boletines/General Villegas
Decreto Nº 163/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 30/01/2023
VISTO:
El Expediente Nº 1323/23 iniciado por la Jefa de Compras, elevando documentación para realizar un llamado a Concurso de Precios Nº 5/23 destinado a la “Adquisición de combustible - Abastecimiento máquinas de la Dirección Vial - Reparación y mantenimiento de caminos rurales”; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 y 2 se acompaña la Solicitud de Gastos Nº 1-1128 y de Pedido Nº 902.
Que el Pliego de Bases y Condiciones Generales luce agregado de fojas 3 a 9.
Que resulta procedente efectuar un llamado a concurso de precios, conforme las previsiones del Artículo 151º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 11.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales obrante en el Expediente Nº 1323/23, destinado a la “Adquisición de combustible - Abastecimiento máquinas de la Dirección Vial - Reparación y mantenimiento de caminos rurales”, con un presupuesto oficial estimado de Pesos dos millones doscientos cuarenta y un mil ($ 2.241.000.-) y un plazo de diez (10) días para la entrega.
ARTÍCULO SEGUNDO: Llámase a Concurso de Precios Nº 5/23 a partir de la fecha y hasta el 7 de febrero de 2023. La apertura se realizará a la hora 12:00 en la Municipalidad de General Villegas, bajo constancia de Acta y con la presencia de los interesados que deseen asistir.
ARTÍCULO TERCERO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
1110108000 - Dirección de Servicios Viales |
Categoría Programática: |
51.01.00 |
Descripción: |
Llamado a concurso de precios Nº 5/23 - Adquisición de combustible para unidades de servicios viales. |
Fuente de Financiamiento: |
110 - Tesoro Municipal |
Importe: |
$ 2.241.000.- |
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Dirección Vial; cúmplase y archívese.