Boletines/General Villegas
Decreto Nº 158/23
Publicado en versión extractada
General Villegas, 27/01/2023
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 215/23, pertenecientes Licitación Privada N° 1/23 destinada a la “Adquisición de materiales áridos - Construcción de 12 viviendas en General Villegas”; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 42 y 43, obra el Acta de apertura de ofertas.
Que la Jefa de Compras, interviene a fojas 45, informando que se presentó un (1) solo oferente de los siete (7) invitados a cotizar y que de acuerdo a lo manifestado por el Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial a fojas 46, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Walter Daniel Álvarez, en la suma de Pesos siete millones quinientos setenta y dos mil ciento ochenta ($ 7.572.180.-), cumplimentando con las formalidades de presentación y exceder en un 32 % el presupuesto oficial estimado.
Que el Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, contemplan el supuesto de adjudicación a única oferta con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Que es imprescindible resolver el acto licitatorio mediante el dictado del acto administrativo pertinente, ad referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante, conforme lo previsto en el Artículo 232 del Reglamento antes citado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada N° 1/23 destinada a la “Adquisición de materiales áridos - Construcción de 12 viviendas en General Villegas”, al oferente WALTER DANIEL ALVAREZ, en la suma de Pesos siete millones quinientos setenta y dos mil ciento ochenta ($ 7.572.180.-), por cumplir con lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto se dicta ad-referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante General Villegas.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial; cúmplase y archívese.