Boletines/General Villegas

Resolución Nº729/22

Resolución Nº 729/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 28/11/2022

VISTO:

El Expediente Nº 4142/14 Alcance 1, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Fernando Rubén Guarino, dedicado a la explotación del rubro “Accesorios de telefonía”, con fecha de alta 21 de junio de 2014, registrado como Contribuyente Nº 21290; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº 4142/14 Alcance 3, agregado a fojas 162, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 20 de agosto de 2021, cumplimentando así con la legislación vigente.

Que mediante Acta Nº 10407, realizado el 25 de agosto de 2021, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 164)

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 169, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 173 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                   

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 20 de agosto de 2021, del comercio perteneciente al señor FERNANDO RUBEN GUARINO, DNI Nº 18.164.893, Contribuyente Nº 21290, habilitado con el rubro “ACCESORIOS DE TELEFONIA”, denominación comercial “CELUMANIA”, Codificador de Rentas Nº 85300-23, NIS Nº 1054650-06 – T1G – Servicios Generales,  con domicilio comercial en calle Mariano Moreno Nº 593 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 27, Parcela 10e, contando con un (1) empleado en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 4142/14 Alcance 1.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.