Boletines/General Villegas

Resolución Nº728/22

Resolución Nº 728/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 28/11/2022

VISTO:

El Expediente Nº 11558/18, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Miguel Ángel Maldonado, dedicado a la explotación de los rubros “Carnicería y Pollería”, con fecha de alta 24 de septiembre de 2018, registrado como Contribuyente Nº 22175; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº 11558/18 Alcance 1, agregado a fojas 63, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 18 de septiembre de 2020, cumplimentando así con la legislación vigente.

Que mediante Acta Nº 9533, realizado el 07 de octubre de 2020, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 65)

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 71, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 75 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                   

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 18 de septiembre de 2020, del comercio perteneciente al señor MIGUEL ANGEL MALDONADO, DNI Nº 14.178.869, Contribuyente Nº 22175, habilitado con el rubro “CARNICERIA Y POLLERIA”, denominación comercial “DOÑA CHOLA”, Codificadores de Rentas Nº 62100-01 y 62100-10, NIS Nº 1049071-01 – T1R – Residencial,  con domicilio comercial en calle Alberti Nº 1225 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 41b, Parcela 18a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 11558/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.