Boletines/General Villegas
Resolución Nº 713/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 16/11/2022
VISTO:
El Expediente Nº 12097/22 iniciado por el Coordinador General de Enfermería, solicitando se les aplique una sanción disciplinaria a las agentes Sandra Patricia Degan, Legajo Personal N° 5179 y Verónica Beatriz López, Legajo Personal N° 5443; y
CONSIDERANDO:
Que el 17 de octubre del corriente año, el señor Roberto Santos Ausili sufre una descompensación a lo que el Doctor De Giorgi prescribe 100mg de hidrocortisona cada 12 horas, por 48 horas, a tal fin se le entregan desde la guardia un frasco de ampolla de 500 mg, del cual se sacan 5 dosis.
Que la guardia estaba a cargo de Sandra Degan, Legajo Personal N° 5179 y Verónica López, Legajo Personal N° 5443, quienes en el pase de guardia no advierten ninguna novedad sobre el paciente, así es que en el horario que correspondía aplicar la medicación, los enfermeros del turno siguiente se encuentran que el frasco ampolla no estaba.
Que al momento de contactar a Sandra Degan, quien había firmado el registro, no responde los mensajes y transcurridas varias horas responde que no se había administrado la medicación porque la vía estaba tapada y el medicamento había sido desechado.
Que se constata en la Historia Clínica, que fueron suministrados 500 mg EV como única dosis, y ante esto, se informa al médico tratante la situación del paciente, quien decide no realizar la medicación basándose en los registros de enfermería.
Que teniendo en cuenta que la hoja de enfermería es un documento valido judicialmente donde debe ser asentado todo procedimiento realizado al paciente y en el cual está plasmado la realización de una dosis 4 veces más elevada que la indicada por el médico y siendo que la agente alega no haber realizado dicho procedimiento, estaría mintiendo sobre un documento, que es historia clínica y debería haber estado el frasco ampolla con las dosis correspondientes; y a la agente Verónica López por no informar lo ocurrido en el pase de guardia.
Que el Departamento de Personal interviene en fojas 5 y 6, consignando los datos y antecedentes de los agentes, quienes no registran sanciones disciplinarias como tampoco inasistencias injustificadas.
Que si bien, las agentes no poseen antecedentes es importante destacar que al momento de aplicar la sanción hay que tener en cuenta no solo los antecedentes del trabajador sino la gravedad de la falta y los perjuicios causados, todo ello conforme lo establecido en el último párrafo del Artículo 72 de la Ordenanza N° 5647.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 9, sugiriendo se aplique una sanción disciplinaria correctiva consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de tres (3) días a la agente Sandra Patricia Degan, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza N° 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a), b), c) y p) de dicha Ordenanza y un “Apercibimiento” a la agente Verónica Beatriz López, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso b) de la Ordenanza N° 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a), c) y p) de dicha Ordenanza.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de tres (3) días, para los días 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2022, a la agente Sandra Patricia Degan, Legajo Personal N° 5179, agente transitoria jornalizada, 11 módulos, 48 horas semanales, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 28.10.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por transgredir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a), b) c) y p) de dicha Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “Apercibimiento” a la agente Verónica Beatriz López, Legajo Personal N° 5443, agente transitoria jornalizada, 11 módulos, 48 horas semanales, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 28.10.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 inciso b) de la Ordenanza N° 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a), c) y p) de dicha Ordenanza.
ARTICULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento de Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Gestión y Administración de la Salud y Dirección de Hospital; cúmplase y archívese.