Boletines/General Villegas

Resolución Nº678/22

Resolución Nº 678/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 19/10/2022

VISTO:

El Expediente Nº 2935/97, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio perteneciente a la señora Yolanda Modesta Lucero dedicado a la explotación del rubro “Geriátrico”, Contribuyente Nº 168; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 18, obra el Expediente Nº 2935/97 Alcance 1, comunicando que ha trasladado su actividad comercial al local ubicado en calle Alberti N° 526 de esta ciudad, desde el 20 de noviembre de 2000.

Que por Expediente Nº 2935/97 Alcance 2, agregado al anterior como foja 32, la titular comunica la transferencia del mismo a favor del señor José Luis Trecco, desde el día 27 de octubre de 2005.

Que a fojas 48, obra el Expediente Nº 2935/97 Alcance 3, comunicando que ha trasladado su actividad comercial al local ubicado en calle Rivadavia N° 735 de esta ciudad, a partir del 17 de noviembre de 2005.

Que a fojas 101 y 102, mediante el Acta de Inspección      Nº 2895 y el Censo de Comercio e Industria Nº 3194, declara contar con cinco (5) empleados en relación de dependencia.

Que a fojas 131, mediante el Acta de Constatación Nº 5572, de fecha 26 de enero de 2017, surge que el comercio se encuentra cerrado.

Que por Expediente Nº 2935/97 Alcance 4, agregado al principal como foja 138, comunica la baja de la actividad comercial, a partir del día 18 de noviembre de 2016.

Que a fojas 147 el Departamento de Rentas, manifiesta que la contribuyente registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado Público”.

Que a fojas 148, la División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la Ordenanza Nº 3666 (Libre deuda otorgado por la Dirección de Rentas).

Que a fojas 152 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el traslado provisorio del comercio dedicado a la explotación del rubro “Geriátrico”, denominación comercial “San Benito”, perteneciente a la señora Yolanda Modesta Lucero - D.N.I. Nº 5.144.227, Contribuyente Nº 168, Codificador de Rentas Nº 82400-02, NIS Nº 1048283-02 - T1G – Servicios Generales, no contando con empleados en relación de dependencia, al local comercial sito en calle Alberti Nº 526 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 46, Parcela 2, a partir del 20 de noviembre de 2000.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la transferencia provisoria de la actividad comercial mencionada en el Artículo Primero a favor del señor José Luis Trecco D.N.I. Nº 20.915.087, a partir del 27 de octubre de 2005.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese el traslado del comercio mencionado anteriormente al local comercial sito en calle Rivadavia N° 735 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 20, Parcela 17b, a partir del día 17 de noviembre de 2005.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese la Incorporación de cinco (5) empleados en relación de dependencia, a partir del 4 de febrero de 2011, según Censo de Comercio e Industria N° 2090 (foja 89).

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese la baja provisoria del contribuyente mencionado en el Artículo Primero, a partir del 18 de noviembre de 2016, según Acta de Constatación N° 5572 de foja 131.

ARTÍCULO SEXTO: Reclámese la deuda que mantiene con la comuna, en concepto de “Tasa por Alumbrado Público”, relacionado con la actividad comercial que desarrolló hasta la fecha de baja y requiérase la cumplimentación de todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, a los efectos de otorgar la baja definitiva de la contribuyente mencionada anteriormente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO OCTAVO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.