Boletines/General Villegas
Resolución Nº 639/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 27/09/2022
VISTO:
El Expediente Nº 1302/09, donde tramitó la habilitación municipal de un comercio perteneciente a la señora Adela Ester Jolie, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, Contribuyente Nº 20505; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente Nº 1302/09 Alcance 2, informa que ha incorporado el anexo “Rotisería - Fiambrería” a la actividad comercial principal, a partir del 28 de mayo de 2020,
Que a fojas 95 y 96, obra el Acta de Inspección Nº 10582 y Censo de Comercio e Industria Nº 9529, mediante las cuales declara no poseer empleados en relación de dependencia.
Que por Expediente Nº 1302/09 Alcance 3, la señora Adela Ester Jolie manifiesta la baja de los rubros “Rotisería - Fiambrería”, desde el 7 de diciembre de 2021.
Que por Expediente Nº 1302/09 Alcance 4, la señora Adela Ester Jolie comunica la baja de la actividad comercial, a partir del día 11 de abril de 2022.
Que mediante el Acta de constatación Nº 1519, se verifica que el comercio dejo de funcionar.
Que a fojas 121, el Departamento de Rentas informa que no posee deuda.
Que División Comercio e Inspección General interviene a fojas 122, solicitando se registre el anexo, la baja del mismo y posteriormente la baja del comercio.
Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que cumplimenta totalmente los requisitos exigidos por la legislación vigente.
Que a fojas 126 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que atento a ello, corresponde acceder a lo requerido.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la incorporación del rubro “Rotisería - Fiambrería”, Codificador de Rentas 62100-07, a la actividad comercial principal dedicada a la explotación del rubro “Despensa”, denominación comercial “Adela”, del Contribuyente Nº 20505 - Adela Ester Jolie, D.N.I. Nº 10.755.679, NIS Nº 1049723-01 - T1R - Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Urquiza N° 74, individualizado catastralmente como Circunscripción I- Sección B- Manzana 46d- Parcela 16, a partir del 28 de mayo de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del rubro mencionado en el Artículo Primero, Codificador de Rentas Nº 62100-07, desde el 7 de diciembre de 2021, según las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1302/09 Alcance 3.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja del contribuyente citado anteriormente, desde el 11 de abril de 2022, según las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1302/09 Alcance 4.
ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Bromatología y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.