Boletines/General Villegas
Resolución Nº 610/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 06/09/2022
VISTO:
El Expediente Nº 2128/17, iniciado por el señor Juan Cruz Luraschi, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Frigorífico matadero porcino”, desde el día 6 de enero de 2017; y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Catastro a fojas 23, suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que no registra plano de obra aprobado.
Que a fojas 35 y 36, se adjunta Acta de Inspección Nº 7826 y Censo de Comercio e Industria Nº 8103, mediante el cual declara contar con un (1) empleado en relación de dependencia.
Que a fojas 37, se adjunta el certificado de habilitación otorgado por el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires.
Que a fojas 39 y 40, se adjunta Acta de Inspección Nº 8545 y Censo de Comercio e Industria Nº 10089, mediante el cual declara no contar con empleados en relación de dependencia.
Que por Acta de Inspección Nº 891, la oficina de Bromatología, certifica que el mismo se encuentra apto para su funcionamiento (folio 46).
Que a fojas 50, se adjunta el permiso provisorio de funcionamiento del comercio emitido por el Ministerio de Agroindustria.
Que División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica a fojas 52, requiriendo otorgar la habilitación provisoria del mismo.
Que a fojas 44, el Departamento de Rentas informa que no registra deuda.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Inciso 9 (Plano de obra aprobado por la Municipalidad).
Que a fojas 83 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE DEL MUNICIPAL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación provisoria de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Frigorífico Matadero Porcino”, denominación comercial “El Rosario”, del señor Juan Cruz Luraschi - D.N.I. Nº 30.137.345, Codificador de Rentas Nº 31000-01, NIS Nº 1049293-02 - T4 - Pequeñas Demandas Rurales, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en Zona Rural de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción II- Sección A- Chacra 26- Parcela 1, fecha de apertura 6 de enero de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase al señor Juan Cruz Luraschi- D.N.I. Nº 30.137.345, un plazo de ciento ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La habilitación provisoria concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia
ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO:Déjase constancia que devengará automáticamente la obligación del contribuyente de abonar la “Tasa por Alumbrado Público”, correspondiente al período transcurrido entre la fecha de apertura y el primer cobro efectivo de la misma.
ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Comercio, División Comercio e Inspección, Departamento Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Bromatología, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.