Boletines/General Villegas

Resolución Nº607/22

Resolución Nº 607/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 06/09/2022

VISTO:

El Expediente Nº 9652/22 iniciado por la Secretaria de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria al agente Matías Ezequiel Aguilera, Legajo Personal N° 4138, y la desvinculación inmediata del sector cementerio donde presta tareas; y

CONSIDERANDO:

Que el día 30 de agosto del corriente año, la empresa mortuoria Cañibano Mutual informó que a partir de las 18 horas serían inhumados los restos de la difunta Mabel Pavon, en nicho municipal, ante lo cual se dispone comunicar a los sepultureros de turno Matías Ezequiel Aguilera y Mario Calvimonte para que se presenten en el cementerio a fin de realizar su trabajo en tiempo y forma, quienes por motivos familiares no se encontraban en la ciudad retrasando el sepelio por una hora y quince minutos aproximadamente.

Que asimismo en dicha circunstancia, por decisión y orden del agente Aguilera se cerraron todos los portones principales, debiendo los acompañantes salir por el lateral del cementerio, caminar un trecho importante anocheciendo y habiendo personas con dificultad física para hacerlo.

Que por otro lado, en reiteradas oportunidades el agente Aguilera, desobedece las ordenes diarias de trabajo, además de provocar continuamente situaciones incomodas entre compañeros utilizado manipulación inescrupulosa. Así es que por todo lo expuesto y considerando que es una falta de respeto hacia todas las personas, se solicita su desvinculación del sector cementerio, dado que resulta insostenible e inmanejable.

Que dicha conducta trasgrede los principios de eficiencia, eficacia, trabajo en equipo, productividad laboral todo el franco detrimento de los intereses municipales, el cúmulo de incumplimientos acredita la inobservancia de la obligación principal de todo agente, prestar servicios conforme las modalidades acordadas ab initio de la relación de empleo.

Que el Departamento de Personal interviene a fojas 3, consignando los datos del agente quien pertenece a plata permanente y registra inasistencias injustificadas como también sanciones disciplinarias. Asimismo informa que mediante Decreto N° 1495/21 se instruyó sumario administrativo y por Decreto N° 30/22 se dispuso su cierre y archivo.

Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.

Que conforme lo establece el último párrafo del Artículo 72° de la Ordenanza N° 5647, toda sanción se graduará teniendo en cuenta la gravedad de la falta, los antecedentes del agente y los perjuicios causados, en el caso de actuados se refleja que se cometió una falta grave hacia las personas concurrentes, creando una mala imagen del Municipio.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, sugiriendo que se evalué la posibilidad de reubicación del agente Aguilera y se proceda a aplicar una sanción disciplinaria correctiva consistente en una “Suspensión sin Goces de Haberes” por el término de cinco (5) días para los días, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado 1 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 68 incisos a, b y c de dicha Ordenanza.

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 7, informando la reubicación del agente Aguilera en la Dirección de Servicios Urbanos a partir del 19 de septiembre de 2022.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de cinco (5) días para el 12, 13, 14, 15 y 16 de septiembre de 2022, al agente Matías Ezequiel Aguilera, Legajo Personal N° 4138, 230 Módulos, 48 Horas Semanales, Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 01.00.00, Planta Permanente, Personal Obrero, Clase IIIA, conforme lo dispuesto en el Artículo 67° apartado I inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 68° inciso a), b) y c) de dicha Ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO: Reubícase al agente Matías Ezequiel Aguilera, Legajo Personal Nº 4138, 230 módulos, 48 horas semanales, Planta Permanente, Personal Obrero, Clase IIIA, en la siguiente estructura programática: Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 41.06.00, a partir del 19 de septiembre de 2022.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Expedición, Dirección de Asuntos Jurídicos y Dirección de Servicios Urbanos; cúmplase y archívese.