Boletines/General Villegas
Resolución Nº 589/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 01/09/2022
VISTO:
El Expediente Nº 8269/20 Alcance 1, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Marcela Patricia Olaizola, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, con fecha de alta 08 de octubre de 2020, registrado como Contribuyente Nº 22500; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 8269/20 Alcance 2, agregado a fojas 49, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 23 de diciembre de 2021, cumplimentando así con la legislación vigente.
Que por Acta Nº 1707, se constata que ha dejado de funcionar como tal, con fecha 25 de enero de 2022.
Que la Dirección de Rentas interviene a fojas 56, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 59 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 23 de diciembre de 2021, del comercio perteneciente a la señora MARCELA PATRICIA OLAIZOLA, DNI Nº 20.915.105, Contribuyente Nº 22500, habilitado con el rubro “DESPENSA”, denominación comercial “DESPENSA EL MENDU”, Codificador de Rentas Nº 62100-06, NIS Nº 1623278-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle José Mateu Nº 242 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Quinta 27, Manzana Provisoria 27c, Parcela Provisoria 16, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 8269/20 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.