Boletines/General Villegas

Resolución Nº584/22

Resolución Nº 584/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 01/09/2022

VISTO:

El Expediente Nº 3027/10, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Adriana Marcela Altuna, dedicado a la explotación del rubro “Despensa, Rotisería y Carnicería”, con fecha de alta 05 de abril de 2010, registrado como Contribuyente Nº 20285; y

CONSIDERANDO:

Que por Expediente Nº 3027/10 Alcance 5, agregado a fojas 217, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 1 de noviembre de 2021, cumplimentando así con la legislación vigente.

Que a fojas 219, se agrega Acta Nº 10868, donde se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal.

Que la Dirección de Rentas interviene a fojas 224, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 227 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                   

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 01 de noviembre de 2021, del comercio perteneciente a la señora ADRIANA MARCELA ALTUNA, DNI Nº 20.579.647, Contribuyente Nº 20285, habilitado con los rubros “DESPENSA – ROTISERIA - CARNICERIA”, denominación comercial “MI – MAR”, Codificadores de Rentas Nº 62100-06, 62100-07 y 62100-01, NIS Nº 1522561-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle R. S. Peña Nº 216 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 39c, Parcela 10,  no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 3027/10.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.